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El presunto yihadista de Algeciras dijo al juez que quería matar a gente vinculada a ‘Satán’, «enemigos del Islam»

Fachada de la Audiencia Nacional, a 14 de junio de 2022, en Madrid (España). – Gustavo Valiente – Europa Press – Archivo

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional señaló en el auto por el que confirmaba que procedía mantener en prisión preventiva al presunto yihadista que asesinó el pasado 25 de enero a un sacristán en Algeciras (Cádiz), que en su declaración en la Audiencia Nacional dijo que si quedaba en libertad iba a matar a más personas que estuvieran vinculadas a ‘Satán’ y que fueran «enemigos del Islam».

El asunto llegó a la Sala por el recurso de apelación de la defensa de Yassine Kanjaa que entendía que los hechos atribuidos a su representado no encajaban en el delito de terrorismo, que el investigado tenía arraigo, y por tanto no había riesgo de fuga, y que la medida cautelar era excepcional y no concurrían los requisitos para acordarla.

Según recuerda en su auto de 7 de febrero la Sala, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa indicaba además que «una eventual aplicación de causas de inimputabilidad o de las atenuantes de arrebato u obcecación disminuirían la eventual condena», y eso conducía a dejar sin efecto la prisión preventiva.

Una vez que se admitió el recurso, el fiscal lo impugnó alegando que convenía rechazarlo porque el investigado había participado en los hechos, porque el ataque era de extrema gravedad, porque era un delito de asesinato consumado y dos en grado de tentativa, porque había riesgo de fuga y porque también había riesgo de comisión de otros hechos delictivos por el recurrente en caso de quedar en libertad.

EL AUTOADOCTRINAMIENTO RÁPIDO

Tras exponer estos motivos, la Sala indica que «no cabe duda de que los hechos investigados (…) revisten la máxima gravedad» y que aún sin considerar la existencia de una finalidad terrorista «llevan aparejados penas que podrían alcanzar las más graves aplicables en el Código Penal».

Además, respalda la resolución del juez instructor Joaquín Gadea que «razona la provisional concurrencia de un delito de terrorismo con fundamento en las manifestaciones y actividad de Kanjaa en redes sociales y que permiten deducir la concurrencia de un autoadoctrinamiento ideológico rápido, previo a las acciones homicidas y de las que éstas traerían su causa y por tanto en seno de una organización terrorista».

Suma que no sólo existen numerosos testigos directos de los hechos y grabaciones de vídeo, «sino que el propio investigado ha reconocido en su declaración ante el instructor su conducta, dando las explicaciones que estimó oportunas sobre sus motivaciones».

APAGÓ EL TELÉFONO MÓVIL

El auto recalca que confesó que su propósito era «el de matar a la gente que entiende vinculada a ‘Satán’, porque las personas a las que atacaba son ‘enemigos del Islam y los musulmanes'».

El tribunal indica que lo razonado en el auto de Gadea viene corroborado con el visionado de la declaración judicial de Kanjaa, «donde explica cómo llevó a cabo su acción violenta de un modo deliberado, consciente y deseado, en el contexto de una motivación religiosa radical, con un arma blanca de grandes dimensiones que ocultó entre sus ropas».

La resolución da detalles del ataque como que Kanjaa cogió «un machete de grandes dimensiones» del falso techo de su vivienda, que lo ocultó «en la chilaba oscura que vestía». También da cuenta de los diferentes ataques que perpetró de forma muy detallada.

Aporta el matiz, además, de que el atacante apagó su teléfono móvil durante el ataque «evitando poder ser geolocalizado» y que se dirigió a las dos iglesias «con la intención de matar a todos los sacerdotes que se encontraran en ella, siendo elegidos por él por su significado que tienen para el Islam».

Tras esto, la Sala tumba la alegación de que el encausado tiene arraigo señalando que es «un nacional marroquí de 25 años, sin permiso de residencia, ni trabajo y que carece de cualquier signo de arraigo que haya sido alegado».

Añade que con esto ya valdría para mantener la prisión preventiva, pero suma que existe un riesgo de reiteración delictiva, dado «el confesado propósito de continuar llevando a cabo sus acciones con conductas similares», algo que, recuerdan, expresó «de un modo claro y directo al instructor, sin referir signo de compasión, arrepentimiento o cualquier empatía con las víctimas».

Muy al contrario, añade, justificó su acción «en que estas eran merecedoras de su acción» por estar relacionas con ‘Satán’ y que ‘Alá’ le había encomendado una misión que debía cumplir.

La Sala recoge que él mismo reconoció ante el juez «que su propósito es matar a más personas», «quitar de en medio». E indican que sostuvo que si lo dejaban en libertad la situación iba «a empeorar más porque no está nada tranquilo».

«La peligrosidad (…) es así extrema y por tanto incompatible con la vida en libertad en estos momentos que solicita su defensa o con la imposición de cualquier otra medidas alternativas a la prisión preventiva, que no podrían impedirle llevar a cabo el propósito homicida confesado», concluye la Sala.

EL RELATO DE LOS HECHOS

Según recogía el relato de hechos plasmado en el auto por el que el juez acordaba la entrada y registro en la casa del presunto yihadista, Yassine Kanjaa, en torno a las 18.30 horas del 25 de enero «accedió al interior de la Iglesia de San Isidro» en Algeciras e inició una discusión con los allí presentes, «manifestando a los feligreses de forma vehemente que la única religión que hay que seguir es la religión islámica».

El auto que se hace eco del informe de la Policía, puntualiza que abandonó el lugar «profiriendo mensajes en árabe cuyo contenido se desconocen», pero regresó de nuevo a las 19.40 horas. «Desde el interior de la iglesia los allí presentes escuchan como alguien ubicado en el exterior de la iglesia profiere gritos en árabe», se indica, para añadir que, una vez finaliza la misa, el sacerdote encargado de la misma baja del púlpito para comprobar lo que estaba ocurriendo, «instante en el que el investigado portando en su mano un machete de grandes dimensiones y de forma súbita agrede al sacerdote causándole lesiones de gran gravedad».

Según apunta, Yassine Kanjaa también intentó atacar a un testigo allí presente y tras eso huyó de la iglesia y se dirigió a otro centro de culto católico llamado Virgen La Palma ubicado a unos 200 metros. «En ese lugar se encuentra con el sacristán de esta iglesia, que estaba abandonando el lugar por una puerta trasera (…), Kanjaa inicia varias acometidas sobre el mismo, causándole unas primeras lesiones», apunta.

El relato de los hechos realizado por la Policía indica entonces que el sacristán intentó huir dirigiéndose a la plaza Alta, pero cuando llegó al centro de la misma «es alcanzado por el atacante quien una vez que le tiene en el suelo, sujeta la catana con ambas manos y alzando la mirada al cielo y gritando unas palabras en árabe entre las que se escucha la palabra ‘allah’ le asesta una última estocada mortal».

Tras esto, matiza ese auto, finalizado ese hecho «de forma muy tranquila se dirige a la conocida como Ermita Europa ubicada en esa misma plaza e intenta acceder al interior de la misma, si bien en ese instante y sin prestar resistencia es detenido por la Policía Local de la Ciudad de Algeciras».

El atestado policial recogió además que una vez detenido fue trasladado a un centro médico de Algeciras para recibir asistencia facultativa. Allí, en reiteradas ocasiones, profirió gritos de ‘Allahu Akbar’.

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