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Vie. Nov 22nd, 2024

Defensa adapta su normativa de conciliación para que el personal militar disfrute de los nuevos derechos reconocidos al personal civil de la AGE

El Ministerio de Defensa ha iniciado la modificación de su normativa de conciliación para incorporar las nuevas medidas introducidas recientemente en el Estatuto Básico del Empleado Público por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, con el propósito de seguir mejorando la conciliación de la vida personal, familiar y profesional de las mujeres y hombres de las Fuerzas Armadas e impulsar el principio de corresponsabilidad.

Para que las nuevas medidas de conciliación sean de aplicación inmediata para el personal militar, y pueda así disfrutar sin dilación de los mismos derechos que el personal civil de la Administración General del Estado, se han elaborado y difundido unos criterios que permiten que el militar se acoja a los nuevos permisos mientras culmina la tramitación de la norma.

Entre las nuevas medidas destaca la ampliación del permiso por accidente o enfermedad grave a todos los convivientes, eliminándose además la distinción hasta ahora existente en cuanto al número de días de disfrute según la localidad de residencia.

También es objeto de ampliación el derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijo enfermo con cáncer, pudiendo extender este derecho desde los 23 años a los 26 en los supuestos de discapacidad igual o mayor al 65%.

El permiso de matrimonio se extiende a los casos de formalización de parejas de hecho, permitiendo que estas parejas también puedan disfrutar de los 15 días de permiso.

Además, con la finalidad de garantizar la igualdad real y efectiva de las «personas trans» en materia de conciliación, se equiparan los derechos de éstas a los de la «madre biológica» y «militar embarazada».

En la misma línea de favorecer la conciliación familiar se incluye el nuevo permiso parental de 8 semanas para cuidado de hijo, hija o menor acogido menor de 8 años, cuya aplicación se llevará a cabo para el personal militar en los mismos términos que resulten de aplicación para el personal civil de la Administración General del Estado.

Junto a lo anterior, el Ministerio de Defensa emitió el pasado 5 de julio un criterio que favorece la integración laboral del personal militar de tropa y marinería que está próximo a finalizar su compromiso, permitiendo a dicho personal acogerse a la exoneración de la realización de guardias y servicios de veinticuatro horas hasta completar la realización de dos cursos académicos completos.

Con ello el Ministerio de Defensa cumple con su compromiso de mantener permanentemente actualizada su normativa de conciliación, en cuanto a equiparación de derechos con el personal civil de la AGE se refiere.

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