La Cámara de Cuentas de Andalucía ha emitido un informe de fiscalización desfavorable del ejercicio 2019 del Ayuntamiento de Algeciras (Cádiz), tras evaluar las incidencias e incumplimientos observados, al concluir que el control interno realizado sobre las actuaciones no se ha ajustado, en todos los aspectos significativos, al marco normativo establecido.
Según el informe de la Cámara de Cuentas de Andalucía, recogido por Europa Press, no se han podido verificar actuaciones como el control del cumplimiento de la normativa de morosidad, el control financiero posterior de gastos a los que se realiza fiscalización limitada previa, el control financiero previo a la aprobación de la liquidación del Presupuesto del ejercicio 2018, el ejercicio de la función interventora en las obligaciones de una muestra de gastos de los capítulos 1, 2 y 9 del presupuesto, así como la comunicación del plan de acción al órgano de control.
Además, no ha podido cuantificarse el importe de las obligaciones reconocidas netas derivadas de las nóminas del ejercicio por no haberse detallado este dato en los expedientes facilitados, según la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Asimismo, señala el informe como incumplimientos que no se ha diseñado un sistema de supervisión continua, además de detectar que en sesi expedientes no consta que se hayan llevado a cabo las prestaciones, en 35 no se incorpora la memoria suscrita por el responsable directo de la omisión, en la que se incluyan las explicaciones y/o observaciones pertinentes respecto del informe de la intervención, en dos expedientes no se incorporan los acuerdos o resoluciones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local o del Alcalde, así como el órgano interventor no ha elaborado el informe con los resultados obtenidos del control de las cuentas a justificar y anticipos de caja fija del ejercicio 2019.
Además, señala que el Plan Anual de Control Financiero (PACF), elaborado en el ejercicio 2019, no tiene carácter anual y se realiza sin un análisis de riesgos, así como que no incluye actuaciones de control permanente posterior cuya realización derivan de una obligación legal, referidas a los hechos y cuentas correspondientes al ejercicio 2019.
El informe de la Cámara de Cuentas indica también que no se realiza auditoría de sistemas de los registros contables de facturas, resultados más significativos del control en la contratación pública, control financiero posterior de gestión de derechos e ingresos o verificación del cumplimiento de obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos para los que no se ha producido su imputación presupuestaria, entre otras cuestiones.
Igualmente, recoge el informe que no se ha elaborado el informe anual de todas las resoluciones adoptadas por el alcalde contrarias a los reparos efectuados, así como un resumen de las principales anomalías detectadas en materia de ingresos e informes de omisión de la función interventora correspondiente al ejercicio 2019. También refleja que el informe resumen elaborado no incluye el apartado «Deficiencias que requieren la adopción de medidas correctoras a través de un plan de acción», así como que el alcalde elaboró el plan de acción con posterioridad al plazo establecido.
Finalmente, entre las recomendaciones realizadas por la Cámara de Cuentas de Andalucía señala que se deben realizar actuaciones como adaptar los estándares mínimos de control a la realidad del Ayuntamiento, dotar de más recursos humanos y medios técnicos adecuados al órgano de control interno y fomentar mecanismos de colaboración, para las actuaciones de auditoría pública, con otros organismos públicos o con firmas privadas de auditoría.