El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de la Audiencia Provincial de Cádiz a dos acusados de un delito de lesiones agravadas tras propinar una paliza a un tercero en una reyerta producida al salir de un local de ocio en El Puerto de Santa María.
Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos ocurrieron en la madrugada del 3 de junio de 2018 cuando al salir de un local en El Puerto un grupo de personas en el que iban los dos acusados se cruzó con otro grupo en el que iba la víctima. Por causas no determinadas, según se refleja en los hechos probados, se inició una reyerta tras haberse increpado alguno de los integrantes de ambos grupos.
A partir de ahí se originó una pelea en la que los dos acusados golpearon en repetidas ocasiones a la víctima, hasta que uno de los puñetazos en el rostro le hizo caer al suelo golpeándose en la cabeza con el asfalto de la carretera y quedando inconsciente, lo que fue aprovechado por uno de los acusados para darle una fuerte patada en la cabeza.
Como consecuencia de esto la víctima sufrió lesiones como un traumatismo cráneo encefálico con otrorragia y otolicuorrea (salida de líquido cefalorraquideo) de oído izquierdo, que además le ha dejado secuelas como trastorno cognitivo y daño neurosensorial (trastorno mental orgánico), trastorno de personalidad, alteración de funciones cerebrales superiores integradas o ausencia total de audición en oído izquierdo.
Los acusados presentaron recurso de apelación ante el TSJA por error en la valoración de la prueba, culpando un acusado a otro de la autoría del puñetazo que hizo caer a la víctima al suelo y que los daños ocasionados fueron frutos de «una desafortunada caída» en una riña en la que «todos participaron».
El TSJA señala que «el grave desenlace sufrido por la víctima fue debido a los golpes propinados por ambos acusados en su encuentro físico mantenido con él, golpes que le llevaron a caer más de una vez hasta que, a consecuencia de un fuerte puñetazo, se precipitó al suelo
golpeándose la cabeza», lo cual considera acreditado la Audiencia Provincial dando credibilidad a los testimonios emitidos, que «sostienen que ambos acusados se enzarzaron» con la víctima.