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Jerez y Costa Noroeste

El TSJA rebaja más de cuatro años la condena a un hombre que apuñaló a dos personas en Chipiona

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado a la mitad la condena de la Audiencia Provincial de Cádiz que sentenció a un hombre a una pena total de diez años y medio de prisión tras irrumpir en una fiesta y agredir a varias personas en Chipiona, llegando a apuñalar a dos de ellas.

Así, tras suprimir la circunstancia agravante de abuso de superioridad y aceptar las circunstancias atenuantes de reparación del daño muy cualificada y la analógica a la intoxicación etílica, ha pasado de una condena total de diez años y medio a seis años y cuatro meses.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos se remontan a septiembre de 2017 cuando uno de los agredidos había organizado una fiesta en una finca para amigos y empleados. En un momento del día, el acusado apareció en la fiesta y discutió con su pareja, empleado del organizador del evento.

Este hecho hizo que hubiera un primer encontronazo entre ambos, con golpes y mordiscos por parte del acusado que, tras abandonar el lugar, volvió a las horas «portando una cadena de pitón y una barra de defensa extensible», con la que golpeó a varios invitados hasta que llegó al organizador de la fiesta, a quien «clavó varias veces un cuchillo de grandes dimensiones», hasta que la víctima «agarró un palo de golf y le propinó un fuerte golpe en la cabeza para impedir que continuara con sus acometidas y librarse de esa forma de la agresión».

Esta defensa de la víctima ha servido para aceptar que no hubo «abuso de superioridad» tal y como recoge la sentencia de la Audiencia, ya que según el TSJA, «el determinante desequilibrio de fuerzas que detecta la sentencia recurrida se diluye en tanto la víctima tenía a su alcance palos de golf, y de hecho asió uno de ellos y se valió del mismo para defenderse legítimamente golpeando con fuerza al agresor en la cabeza», por lo que «debe excluirse la aplicación de la circunstancia de abuso de superioridad».

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Así, el delito de intento de homicidio ha pasado de cinco a dos años y ocho meses, mientras que en el delito de lesiones con uso de instrumento peligroso, el TSJA aprecia la concurrencia de las circunstancias atenuantes de reparación del daño muy cualificada y la analógica a la intoxicación etílica e impone por cada uno de ellos la pena de un año y un mes, rebajando los dos por cada uno que había impuesto la Audiencia.

Por su parte, el alto tribunal ha confirmado el tercer delito que pesa sobre el acusado, que lo condena a un año y medio de prisión por un delito de tenencia de armas prohibidas.

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