- Publicidad -
Navidad
Andalucía y más allá

La Junta recuerda las normas sobre cambios y devoluciones tras las compras navideñas

Consumo advierte de que no todos los establecimientos están obligados a aceptar devoluciones si el producto está en perfecto estado

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado que, tras la Navidad y el Día de Reyes, es habitual que los consumidores valoren la posibilidad de cambiar o devolver regalos, pero no todos los establecimientos están obligados a aceptar devoluciones cuando el artículo se encuentra en perfecto estado. Este derecho dependerá exclusivamente de las condiciones comerciales fijadas por cada empresa, lo que hace imprescindible conocer previamente las políticas del comercio.

La normativa vigente solo obliga a la devolución o sustitución de un producto cuando presenta una falta de conformidad, defecto o tara. Para el resto de supuestos, como cambios por talla, color o preferencias, se aplicarán las reglas internas del establecimiento, que pueden contemplar la sustitución por otro artículo, la emisión de vales, tarjetas regalo o incluso la negativa al cambio en determinados productos, especialmente los desprecintados o de naturaleza sensible, como ropa interior, artículos de higiene, audiovisuales abiertos o libros.

Consumo señala que estas condiciones deben estar expuestas de forma clara y visible, y comunicarse antes de efectuar la compra. Asimismo, ha recordado que los vales, bonos y tiques-regalo no pueden tener fecha de caducidad, ya que limitar su uso vulneraría los derechos de los consumidores. En cambio, las tarjetas-regalo con valor monetario sí cuentan con un periodo de validez que, habitualmente, no puede ser inferior a tres años.

- Publicidad -

En el caso de las compras realizadas a distancia —por internet, teléfono o fuera del establecimiento— opera el derecho de desistimiento, que permite devolver el producto sin necesidad de alegar motivo alguno y sin penalización en un plazo de 14 días naturales desde la recepción, salvo las excepciones previstas legalmente. La empresa está obligada a reembolsar el importe abonado y proporcionar un procedimiento de devolución accesible.

Consumo recomienda conservar el tique o factura, documento imprescindible tanto para reclamar cambios como para activar la garantía. La garantía legal de los bienes de consumo es actualmente de tres años, o de dos años en el caso de contenidos o servicios digitales. Para artículos de segunda mano puede pactarse un plazo distinto, pero siempre con un mínimo de un año.

También se recuerda que los consumidores pueden reclamar ante situaciones publicitarias que generen error o expectativas falsas, como recibir un artículo distinto al anunciado. En estos casos se puede exigir la entrega de lo ofertado o el reembolso del importe.

La Junta anima a la ciudadanía a informarse antes de realizar compras, especialmente en periodos de rebajas, y a ejercer sus derechos de manera responsable y consciente.

Para consultas en materia de consumo, el servicio Consumo Responde ofrece atención gratuita a través del teléfono 900 21 50 80, el correo electrónico y sus canales digitales, además de las oficinas provinciales y municipales de información al consumidor.

- Publicidad -

Contenido recomendado

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba