Un juzgado anula el proyecto hostelero en El Palmar y obliga a repetir la tramitación
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz estima el recurso de Ecologistas en Acción contra el proyecto hostelero en El Palmar y ordena retrotraer el expediente al considerar que el colectivo debió ser reconocido como parte interesada.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz ha estimado el recurso presentado por Ecologistas en Acción Cádiz contra el proyecto hostelero en El Palmar aprobado por el Ayuntamiento de Vejer de la Frontera y ha declarado la nulidad de la resolución municipal, obligando a repetir la tramitación administrativa desde abril de 2021.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, concluye que el Consistorio debió reconocer a la asociación ecologista como parte interesada desde el inicio del procedimiento, dada su finalidad estatutaria de defensa del medio ambiente y la afección ambiental del proyecto previsto en el litoral gaditano.
El proyecto contemplaba la construcción de un complejo hostelero en suelo no urbanizable de El Palmar, núcleo costero perteneciente a Vejer. Según el recurso, la actuación se planteaba sobre terrenos catalogados como especialmente protegidos por la normativa sectorial.
El juzgado considera que “sin duda existe una protección del medio ambiente en dicho proyecto de actuación que afecta directamente al cada vez más maltrecho litoral gaditano” y subraya que la legitimación de la asociación recurrente era “evidente”. Por ello, entiende que debió ser admitida como parte interesada en el expediente administrativo desde el primer momento.
Ecologistas en Acción solicitó personarse en el procedimiento el 23 de abril de 2021. Sin embargo, el Ayuntamiento denegó su participación y posteriormente desestimó el recurso de reposición interpuesto por el colectivo ante esa negativa.
Ahora, la resolución judicial declara la nulidad de la decisión recurrida y ordena la retroacción de las actuaciones hasta la fecha de la primera solicitud de personación. Esto implica que el Ayuntamiento deberá reiniciar la tramitación del expediente desde ese punto, incorporando a la asociación como parte interesada y permitiéndole participar en el procedimiento.
El juzgado señala que, al estimar el motivo relativo a la falta de reconocimiento de la personación, no resulta necesario entrar a analizar el resto de las pretensiones planteadas en el recurso.
En su demanda, Ecologistas en Acción también solicitaba la nulidad del proyecto urbanístico al entender que no quedaba acreditada la utilidad pública o el interés social exigidos para autorizar actuaciones en suelo no urbanizable. Asimismo, sostenía que no se justificaba la necesidad de ubicar el complejo hostelero en ese emplazamiento concreto.
No obstante, la sentencia no se pronuncia sobre el fondo urbanístico del proyecto, sino exclusivamente sobre la vulneración del derecho de la asociación a intervenir en el expediente administrativo.
Tras conocerse el fallo, Ecologistas en Acción ha señalado en una nota que, como consecuencia de la sentencia, el complejo hostelero “no cuenta con proyecto de actuación ni con licencia de obras o actividad legalmente aprobados”, al haber quedado anulada la tramitación realizada hasta ahora.
El colectivo añade que el Ayuntamiento de Vejer deberá volver a tramitar tanto el proyecto de actuación como, en su caso, las licencias correspondientes, teniendo en cuenta su condición de parte interesada desde abril de 2021.
El proyecto hostelero en El Palmar se enmarca en un contexto de debate recurrente sobre el desarrollo urbanístico del litoral gaditano, especialmente en zonas de alto valor ambiental y paisajístico. La sentencia refuerza el papel de las asociaciones ambientales en los procedimientos administrativos que afecten a espacios protegidos o al medio natural.
Por el momento, el Ayuntamiento de Vejer deberá decidir si recurre la resolución judicial o inicia de nuevo la tramitación conforme a lo establecido por el juzgado.







