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La Junta negocia los servicios mínimos para la huelga docente del 24 y 25 de septiembre

Redacción 22 septiembre, 2026 4 minutos de lectura

La huelga docente del 24 y 25 de septiembre convocada por SINDI-K afecta al profesorado de la enseñanza pública no universitaria de Cádiz y del resto de España

La Junta de Andalucía ha negociado con el comité de huelga los servicios mínimos para la huelga docente del 24 y 25 de septiembre, convocada por el Sindicato Independiente Nacional de Desarrollo e Innovación (SINDI-K) para todo el personal docente de la enseñanza pública no universitaria. El paro podrá ser secundado por el profesorado de los centros públicos de Cádiz y del resto de la comunidad autónoma.

La reunión con la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos de la Junta se celebró el 17 de septiembre. El encuentro quedó recogido en un acta de la Administración que contó con la conformidad del comité de huelga, según la documentación difundida por el sindicato desde La Línea de la Concepción.

La convocatoria tiene ámbito nacional y se extiende a las dos jornadas lectivas del jueves 24 y el viernes 25 de septiembre de 2026. SINDI-K presentó los preavisos los días 13 y 14 de septiembre ante las administraciones competentes, entre ellas las 17 comunidades autónomas y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, responsable de la gestión educativa en Ceuta y Melilla.

El sindicato ha recopilado en un dossier las actuaciones realizadas por las distintas administraciones tras la convocatoria. De acuerdo con esa documentación, doce comunidades autónomas y el Ministerio han mantenido reuniones con el comité de huelga, elaborado propuestas, levantado actas, alcanzado acuerdos o tramitado resoluciones para establecer los servicios mínimos.

Además de Andalucía, se han producido actuaciones administrativas en Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Extremadura, Illes Balears, La Rioja, Navarra y País Vasco. SINDI-K sostiene que ninguna administración educativa ha cuestionado la convocatoria.

Castilla y León publicó el 22 de septiembre en su boletín oficial la Orden EDU/922/2026, que identifica expresamente a SINDI-K como convocante y señala que la disposición fue aprobada después de negociar con el comité de huelga. La orden establece servicios esenciales en los centros docentes públicos y en los servicios de apoyo al sistema educativo no universitario de esa comunidad.

El Gobierno de Navarra también dictó el 21 de septiembre la Orden Foral 383E/2026, en la que se recoge que el sindicato ha convocado el paro para ambas jornadas. La Generalitat Valenciana, por su parte, aprobó una resolución de servicios esenciales mínimos en la que consta la presentación del preaviso por parte de SINDI-K.

En Extremadura, la Administración educativa y el comité firmaron el 21 de septiembre un acuerdo sobre los servicios mínimos. La Comunidad de Madrid celebró una reunión con el comité el día 16 y levantó un acta, mientras que Asturias, Cantabria y La Rioja también tramitaron propuestas o encuentros relacionados con el mantenimiento de los servicios esenciales.

La Dirección de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco abrió un expediente de huelga y dio trámite de audiencia al comité. En Cataluña, el departamento autonómico competente solicitó una propuesta de servicios mínimos el 15 de septiembre, y en Illes Balears la Dirección General de Personal Docente convocó una reunión para el día 21.

El Ministerio de Educación elaboró el 21 de septiembre un borrador de orden para Ceuta y Melilla, remitido al comité para la presentación de alegaciones. El documento identifica igualmente al sindicato como convocante del paro. En Aragón, Canarias, Castilla-La Mancha, Galicia y Región de Murcia consta, según el dossier, la presentación de los respectivos preavisos el 14 de septiembre.

SINDI-K argumenta que la convocatoria de una huelga no requiere autorización administrativa, sino el cumplimiento de los requisitos formales y del plazo de preaviso. La fijación de servicios mínimos corresponde a las autoridades competentes cuando el paro afecta a servicios públicos esenciales, conforme al artículo 10.2 del Real Decreto-ley 17/1977.

El secretario general de SINDI-K y presidente del comité de huelga, Rafael Francisco Rivera Rodríguez, ha señalado que los docentes pueden sumarse al paro sin comunicar previamente su decisión a la dirección del centro o a la Administración. El sindicato recuerda que únicamente debe acudir a su puesto durante las jornadas de huelga el personal designado nominalmente para cubrir los servicios mínimos establecidos en cada territorio.

La participación en el paro conllevará el correspondiente descuento de las retribuciones por los días no trabajados. Según la información trasladada por la organización convocante, esa deducción no tiene carácter sancionador ni afecta a la antigüedad o a la carrera profesional. El sindicato también sostiene que la Administración no puede sustituir al personal huelguista para neutralizar los efectos de la convocatoria.