Chiclana instala nuevos carteles sobre la prohibición de parcelar en suelo rústico
La prohibición de parcelar en suelo rústico afecta tanto a divisiones físicas como a operaciones sobre cuotas de propiedad inferiores a la unidad mínima de cultivo

La Delegación de Urbanismo, Planeamiento y Desarrollo Urbano de Chiclana está instalando desde finales de agosto nuevos carteles para advertir de la prohibición de parcelar en suelo rústico. La primera fase de esta actuación se ha desarrollado en distintos caminos, carreteras y vías pecuarias del diseminado con el objetivo de prevenir infracciones urbanísticas.
La cartelería se ha colocado, entre otros puntos, en el camino de la Isleta, el camino Lago Ladoga, el camino Canteruelas Bajas, la carretera de Pago del Humo, la cañada de Los Carabineros y la colada de Recoberos. El Ayuntamiento señala que los avisos no se refieren únicamente a las parcelas concretas donde están instalados, sino al conjunto de las zonas del diseminado a las que resulta aplicable la normativa.
La prohibición de parcelar en suelo rústico está recogida en el artículo 20 de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA). Este precepto establece que quedan prohibidas las parcelaciones urbanísticas en esta clase de suelo.
El concepto legal de parcelación no se limita a la división física de un terreno mediante vallados u otros elementos similares. También puede afectar a determinadas operaciones jurídicas sobre la propiedad de una finca, aunque sobre el terreno no se haya levantado ninguna separación material.
Entre estas operaciones se encuentra la transmisión entre personas vivas de cuotas proindiviso cuando la superficie que correspondería teóricamente a cada titular sea inferior a la parcela mínima edificable. De acuerdo con la explicación facilitada por Urbanismo, también se considera parcelación cuando el porcentaje de propiedad expresado en superficie queda por debajo de la unidad mínima de cultivo establecida en la legislación agraria.
Una finca en proindiviso pertenece de manera conjunta a varios titulares sin que cada uno disponga necesariamente de una porción físicamente delimitada. La normativa urbanística contempla estas transmisiones dentro del ámbito de las parcelaciones cuando las cuotas asignadas suponen, en la práctica, superficies inferiores a los límites permitidos.
Urbanismo recuerda además que la elevación de estas operaciones a escritura pública requiere una licencia municipal previa. La advertencia pretende alcanzar así tanto a quienes realicen divisiones materiales de terrenos como a propietarios o compradores que participen en transmisiones de cuotas sobre fincas rústicas.
La colocación de los carteles forma parte de las actuaciones municipales de prevención frente a las infracciones urbanísticas. La Delegación combina estas medidas informativas con el ejercicio de competencias disciplinarias y sancionadoras en los casos en los que se produzcan actuaciones contrarias a la legislación.
El mensaje difundido por el Ayuntamiento también advierte de que no se puede parcelar ni edificar en los ámbitos a los que se dirige la campaña, identificados por el Consistorio como parte de la ciudad no consolidada. La información se extiende al conjunto de estas zonas y no debe interpretarse como una indicación limitada al terreno en el que se encuentre cada señal.
Esta no es la primera ocasión en la que Urbanismo utiliza cartelería para informar sobre las restricciones aplicables al suelo rústico. La nueva instalación amplía la presencia de estos avisos en distintos puntos del término municipal, especialmente en caminos y enclaves vinculados al diseminado chiclanero.
El Ayuntamiento también indica que los carteles tienen la consideración de bienes públicos y advierte de que dañarlos o destruirlos puede acarrear consecuencias para sus autores. Esta advertencia acompaña a la información principal sobre las limitaciones legales a la división y edificación de terrenos rústicos.


