La tasa de dos euros para importaciones de comercio electrónico entra en vigor el 1 de noviembre
La nueva tasa de dos euros para importaciones de comercio electrónico se aplicará por categoría de artículos procedentes de terceros países, con independencia del valor del envío.

Las importaciones de productos adquiridos por comercio electrónico en terceros países estarán sujetas desde el 1 de noviembre de 2026 a una nueva tasa de tramitación de dos euros por categoría de artículos. La medida se aplicará en el conjunto de la Unión Europea y afectará tanto a los envíos de hasta 150 euros como a los que superen ese importe.
La tasa de dos euros para importaciones de comercio electrónico tiene como finalidad contribuir a sufragar los costes de gestión derivados de la entrada en territorio comunitario de pequeños paquetes procedentes de países ajenos a la UE. La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha difundido información sobre su entrada en vigor y las condiciones en las que se aplicará.
El recargo se establece por cada categoría de artículos incluida en la compra, por lo que no se cobrará necesariamente por unidad física ni por paquete. De esta forma, el importe que corresponda dependerá de las distintas categorías de mercancías que formen parte del envío y no solo del número de productos adquiridos.
La medida tampoco queda limitada a las compras de menor cuantía. Las ventas a distancia incluidas en su ámbito de aplicación estarán sometidas a la tasa tanto si el valor total del envío es igual o inferior a 150 euros como si rebasa ese límite.
Esta tasa de gestión es independiente de la supresión de la exención de derechos de aduana que se aplicaba a las importaciones de mercancías con un valor máximo de 150 euros. Esa exención quedó eliminada el 1 de julio de 2026.
También debe diferenciarse del arancel temporal de tres euros por categoría de artículos previsto desde esa misma fecha para las mercancías afectadas. Por tanto, la tasa que entra en vigor el 1 de noviembre constituye un concepto distinto de los derechos aduaneros aplicables a las importaciones de bajo valor.
El importe de la nueva tasa se integrará además en la base imponible del impuesto sobre el valor añadido (IVA). Esto supone que el cálculo del impuesto incluirá, junto al precio de compra de la mercancía, la tasa de gestión y los demás conceptos que legalmente deban formar parte de esa base.
La cuantía, fijada inicialmente en dos euros por categoría, será revisada cada dos años. El pago corresponderá a la misma entidad que deba abonar el resto de los gastos aduaneros asociados al paquete.
La aplicación de la medida alcanzará a los operadores que participan en la importación y distribución de mercancías vendidas a distancia desde terceros países. También implicará a las plataformas de comercio electrónico y a los operadores logísticos y aduaneros, de acuerdo con las responsabilidades que tenga cada uno durante la tramitación y entrada de los envíos en la Unión Europea.


