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Sáb. Nov 23rd, 2024

El Ayuntamiento abre el plazo para solicitar subvención por concurrencia competitiva de la Delegación de Fiestas

El Consistorio destina 38.000 euros para actividades a desarrollar entre los meses de junio y diciembre de 2020

XXXIV Ostionada Popular

El Ayuntamiento de Cádiz, a través de la Delegación municipal de Fiestas, ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) las bases de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para entidades sin ánimo de lucro para los meses de junio a diciembre de este 2020. El plazo para solicitar estas ayudas es del 22 de junio al 10 de julio, una vez finalizado el estado de alarma.

A esta convocatoria podrán presentarse entidades sin ánimo de lucro, constituidas legalmente, con sede y ámbito de actuación en el municipio de Cádiz. Para ello deberán presentar un proyecto de actividades de carácter festivo e interés social que promueva la participación en las fiestas, la cultura popular, la gastronomía y la promoción de la ciudad, a desarrollar en el término municipal durante dicho periodo del año 2020, así como establecer el procedimiento a que deben someterse en su tramitación, concesión, aceptación y justificación.

Entre los requisitos que deben presentar las asociaciones interesadas se encuentran el de que la entrega se realice sin contraprestación directa de las entidades beneficiarias; que la entrega esté sujeta a la ejecución de un proyecto o realización de una actividad, que tenga por finalidad el apoyo a las actividades estatutarias de las entidades solicitantes y que en todo caso, deberán corresponderse con las previstas en el presente artículo; y que el proyecto, acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o promoción de una finalidad pública.

Las actividades y programas estarán destinadas al público en general sin limitación de edad, sexo, procedencia, etc., en concreto, siempre que teniendo un carácter festivo e interés social, promuevan la participación indiscriminada y el acceso libre para el público (con la única limitación por seguridad en razón de aforos), excluyéndose aquellas actividades recreativas que no fomenten fiestas tradicionales, artísticas, gastronómicas o programas innovadores que impulsen las fiestas que reflejan la identidad cultural de la ciudad.

Expresamente, además quedan excluidas del ámbito de esta convocatoria todas aquellas actividades y programas que impliquen el abono de cualquier tipo de precio para el acceso a las mismas.

Por cada proyecto para el que se solicite financiación podrán concederse un máximo de 7.000 euros. En esta línea de subvenciones podrá presentarse una sola petición de financiación por entidad. No serán admitidas las solicitudes que conlleven una petición de subvención con cargo a esta convocatoria en un porcentaje superior al 80% del coste total de la actuación.

La solicitud deberá ser presentada en el Registro General del Ayuntamiento de Cádiz o bien por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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