El Consejo de Gobierno da luz verde a un decreto que establece un sistema de abono a abogados y procuradores mucho más eficaz
El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se modifica el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, con el objetivo de agilizar los pagos a los abogados y procuradores que prestan este servicio en Andalucía. El nuevo sistema, mucho más eficaz, comenzará a aplicarse una vez que entre en vigor la norma, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
La reforma del reglamento tiene por objeto simplificar y agilizar la tramitación del abono de las compensaciones económicas por los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita, tanto por las actuaciones profesionales realizadas en el turno de guardia para atender a la persona investigada o detenida como por las actividades realizadas para la defensa y representación gratuitas en el turno de oficio, así como por el coste que genera a los colegios profesionales el funcionamiento de este servicio.
Los cambios en el marco normativo afectan a tres aspectos esenciales. En primer lugar, se modifican los trámites de gestión en las fases de autorización y de compromiso o disposición del gasto. Actualmente, el procedimiento vigente establece que en aquellos casos en los que las certificaciones trimestrales de las actuaciones realizadas sean incompletas o cuando alguna de ellas requieran de subsanación, se procederá a la suspensión de la autorización del gasto hasta que sea justificada ante la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación. Es decir, no permite abonar aquellas otras certificaciones que no necesitan de subsanación alguna, con el consiguiente retraso en su abono a todos los profesionales.
Por este motivo, se modifican los trámites necesarios para la autorización y disposición del gasto, con objeto de permitir la tramitación separada de las actuaciones que hayan sido verificadas de conformidad y de aquellas que vayan siendo subsanadas. Además, se modifica el artículo que condiciona la compensación económica a los colegios profesionales por el funcionamiento del servicio a la tramitación conjunta de las certificaciones trimestrales presentadas.
Esta simplificación del procedimiento, que no resta ni merma las garantías de su control o fiscalización previos, permite agilizar la gestión y tendrá como consecuencia una disminución en los tiempos de abono de las diferentes compensaciones económicas.
En segundo lugar, se separa y simplifica la determinación de los módulos y bases que son utilizados para calcular la compensación que corresponde a los profesionales por las actuaciones realizadas, por lo que pasaran a tener consideración como acto administrativo.
Por último, se modifica y se establece en el 8% el límite máximo para el cálculo de la compensación económica que reciben los colegios profesionales por los gastos de funcionamiento de los servicios de Asistencia Jurídica Gratuita, en línea con el incremento dispuesto en las leyes del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para los últimos ejercicios.
El nuevo reglamento y, por tanto, su aplicación en el sistema de pagos entrará en vigor tras la publicación en el BOJA, lo que permitirá abonar el segundo trimestre de este año con estas nuevas pautas