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Jue. Abr 18th, 2024

CGT denuncia que la empresa Global Center dejará en la calle a un centenar de trabajadores

El sindicato solicita a todas las administraciones públicas que han dado subvenciones a esta empresa desde su instalación en la ciudad de Cádiz hace apenas tres años que impidan este cierre

La sección sindical de CGT en la empresa Global Center Peninsular, dedicada al telemarketing y situada en la zona Franca de la Ciudad de Cádiz, recibió en el día de ayer un escrito de la empresa en el que anuncia un procedimiento de despido colectivo de toda la plantilla, que actualmente asciende a 98 trabajadoras/es, decisión previa al cierre y liquidación de la empresa.

Dicho ERE de liquidación lo justifica ante “la resolución del contrato de su ÚNICO CLIENTE (sic) Factoría de Ventas TFL SL”. Al sindicato le resulta extraño que «una empresa dedicada al tele-marketing tenga como cliente a una sola empresa, además desconocida, y no contrate directamente con las empresas a las que les hace campañas telefónicas, como Orange o DKV Seguros«. Este hecho hace pensar a los sindicalistas de CGT que Factoría de Ventas TFL SL sea en realidad una empresa pantalla.

Según las averiguaciones de CGT «Factoría de Ventas aparece en el Boletín Oficial del registro Mercatil registrada con fecha de 27.06.17, por las mismas fechas de la constitución de la empresa Global Center Peninsular en Cádiz«. Además, tanto Global Center Peninsular como Factoría de Ventas comparten domicilio fiscal, lo que ahonda en las sospechas del sindicato.

Este ERE de extinción se presenta, según la versión de CGT, » en medio de un ERTE planteado por la empresa ante la pandemia del Coronavirus» y que fue impugnado por la Sección Sindical de CGT por suspuestas irregularidades. CGT manifiesta además que este ERTE se presentó por causas de producción en lugar de por causas de fuerza mayor, lo que hace pensar al sindicato que la empresa trataba de evitar la claúsula que impide el despido de trabajadores durante los seis primeros meses tras el reinicio de la actividad.

Para el sindicato «no concurría causa alguna que pudiera justificar la suspensión ni por causa productiva ni tampoco por causa de fuerza mayor, ya que no se dan ni los presupuestos jurídicos necesarios para tal calificación ni se había cumplido con el procedimiento establecido a tal fin».

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