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Bahía de Cádiz y La JandaPortada

Condenado a 16 años de prisión un hombre en Cádiz por abusos sexuales a sus dos sobrinas nietas de 10 y 11 años

La Audiencia Provincial de Cádiz impone además al condenado una indemnización de 31.000 euros por los daños morales causados a las menores, con las que mantenía una relación familiar cercana.

La Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a un hombre a un total de 16 años de prisión por abusos sexuales a sus dos sobrinas nietas, que tenían 10 y 11 años en el momento de los hechos. La sentencia, dictada por la Sección Primera de la Audiencia, también incluye el pago de 31.000 euros de indemnización por los daños morales causados a las menores.

Los hechos ocurrieron entre 2018 y el verano de 2019 en Medina Sidonia (Cádiz), donde el acusado, aprovechando su relación familiar cercana con las víctimas, abusó de ellas en su domicilio y en otros espacios donde generaba situaciones para cometer los delitos. En ese momento, ambas niñas eran menores de 16 años.

Según recoge la sentencia, las agresiones sexuales han provocado graves secuelas psicológicas en las menores, como “vergüenza, dificultades para dormir, miedo a estar con hombres mayores, desconfianza y restricción de su círculo social”. Estos efectos han sido valorados por el tribunal a la hora de dictar la indemnización.

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Durante el juicio, el procesado negó haber cometido los abusos. Sin embargo, el tribunal ha dado credibilidad y veracidad a los testimonios de las niñas, señalando que no sólo mostraron coherencia en su relato durante el juicio, sino también un dolor personal evidente en sus declaraciones. La Audiencia considera, además, que no existen indicios de que las denuncias tuvieran motivación económica, como sostuvo la defensa.

El fallo judicial detalla que el condenado deberá cumplir 11 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años en relación con una de las víctimas, y otros 5 años por un delito similar cometido contra la segunda menor. También se le impone la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de ambas niñas, medida que estará vigente durante el tiempo que dure la condena y más allá, en función de lo que establezca la ejecución judicial.

En cuanto a la compensación económica, el tribunal fija una indemnización de 25.000 euros para una de las víctimas y 6.000 euros para la otra, sumando un total de 31.000 euros por los perjuicios psicológicos causados.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Este caso subraya la importancia de la protección de los menores frente a los abusos sexuales y el papel de la justicia en la defensa de su integridad, especialmente cuando los delitos se cometen en el seno de la familia.

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