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El Ayuntamiento de Cádiz mantiene la bonificación del 50% del IBI para viviendas con energía solar

Por Redacción Ene 20, 2021 #Ayuntamiento #Cádiz

Desde el Consistorio se recuerda que el periodo de solicitud de bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para las instalaciones realizadas a lo largo del año 2020 terminará el próximo 1 de febrero

El Ayuntamiento de Cádiz recuerda que las personas que instalaron energías renovables en sus viviendas o negocios durante el año 2020 tienen hasta el 1 de febrero para solicitar la exención del 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles.

Cabe recordar que desde el 1 de enero de 2020 el Ayuntamiento de Cádiz tiene vigente una exención fiscal del 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) a las viviendas o locales que instalen tecnologías que permitan el aprovechamiento de energías renovables para su consumo directo (autoconsumo), tanto instalaciones de energía solar térmica, como de fotovoltaica.

Así mismo, con la finalidad de impulsar la implantación de las energías renovables en la ciudad, el Ayuntamiento de Cádiz mantiene también la bonificación del 95% del ICIO a los particulares y empresas que instalen estas tecnologías. Dichas bonificaciones contemplan, tanto las instalaciones individuales, como compartidas.

El alcalde de Cádiz, José María González, ha destacado que con las bonificaciones fiscales “queremos incentivar que la gente de la ciudad dé el paso y se ponga placas solares, que es lo mejor que puede hacer para abaratar su factura eléctrica a medio plazo”. “Cuanta más energía produzcamos aquí, de manera sostenible, menos vulnerables seremos a los vaivenes de los mercados de la electricidad y sus subidas de precios. Además, estaremos ayudando a reducir nuestras emisiones de gases de efecto invernadero, causantes del cambio climático y a generar empleo en la ciudad”, ha añadido.

La bonificación del IBI a inmuebles con energía solar está establecida por un periodo de 4 periodos impositivos (4 años) desde la fecha de instalación, y el importe de la bonificación no podrá superar los 300 euros al año. La suma total de la bonificación tampoco podrá ser superior al 30% del coste de la instalación o de la inversión particular, en el caso de instalaciones compartidas. Cada año es el 31 de enero cuando concluye el periodo de solicitud de bonificación del IBI para las instalaciones realizadas el año anterior, sin embargo este año, el plazo se traslada al 1 de febrero, al coincidir el día 31 de enero en domingo.

Se recomienda, dada la situación sanitaria actual, que la presentación de las solicitudes para ambas bonificaciones se efectúe preferiblemente por medios electrónicos a través del Registro Electrónico Común, en la sede electrónica administración.gob.es. También podrá presentarse en las dependencias municipales, mediante cita previa, por correo o en el buzón de documentos situado en la fachada de la Casa Consistorial en la Plaza de San Juan de Dios.

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