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El Ayuntamiento de Cádiz regula las zambombas navideñas, que podrán celebrarse del 21 de noviembre al 4 de enero

El bando municipal fija el horario entre las 14:00 y las 23:00 horas y detalla los requisitos de autorización para compatibilizar las fiestas con el descanso vecinal.

El Ayuntamiento de Cádiz ha publicado un bando municipal para regular la celebración de las tradicionales zambombas con motivo de las fiestas navideñas. El documento establece que estos eventos podrán desarrollarse entre el 21 de noviembre de 2025 y el 4 de enero de 2026, ambos inclusive, en horario comprendido entre las 14:00 y las 23:00 horas. El objetivo, según se especifica en el bando, es compatibilizar estas actividades festivas con el respeto al descanso de los vecinos y el cumplimiento de la normativa vigente.

Las zambombas que requerirán autorización municipal previa son las consideradas como actividades extraordinarias conforme al Decreto 195/2007, de 26 de junio. En este grupo se incluyen las de carácter profesional celebradas en locales o establecimientos autorizados para otro tipo de actividad —como bares, restaurantes o pubs— cuando se contrate una actuación y se excedan los términos de la licencia municipal de apertura. También deberán contar con permiso las zambombas organizadas por asociaciones o particulares en plazas, calles y otros espacios públicos, así como aquellas que se celebren en terrazas o veladores ubicados en la vía pública o en superficies privadas de uso público.

Por el contrario, el bando excluye de autorización previa las zambombas de carácter familiar o privado, que se celebren dentro del ámbito doméstico sin participación de personas ajenas al grupo organizador ni publicidad externa. Tampoco precisarán permiso las denominadas zambombas populares, concebidas como encuentros espontáneos y participativos en los que no existe separación entre público y actuantes, sin equipos de sonido ni reproducción musical. Asimismo, quedan exentas las celebraciones en establecimientos con licencia específica para actividades musicales o escénicas, como salas de fiestas, teatros, auditorios o pubs.

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El procedimiento de autorización municipal exige que los organizadores presenten su solicitud con al menos quince días hábiles de antelación respecto a la fecha prevista del evento. En el caso de locales, terrazas o veladores previamente autorizados, la petición deberá dirigirse a la Delegación de Urbanismo. Si la celebración implica la instalación de elementos adicionales como escenarios, torretas de sonido o carpas, será necesario adjuntar un informe técnico que garantice la seguridad de las estructuras.

Para las zambombas en espacios públicos sin montaje adicional, la tramitación corresponderá a la Delegación de Vía Pública. Cuando se solicite la colaboración municipal mediante el suministro de vallas, tarimas, conexión eléctrica o material escénico, la solicitud deberá dirigirse a la delegación competente —Fiestas, Cultura, Participación Ciudadana, Comercio y Artesanía o Turismo—, con informes previos de la Policía Local y Vía Pública para evitar coincidencias con otras actividades autorizadas.

Con este bando, el Ayuntamiento busca ordenar una tradición profundamente arraigada en la ciudad y garantizar que la celebración de las zambombas se desarrolle de forma segura, responsable y respetuosa tanto con la convivencia ciudadana como con las normas municipales.

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