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El Ayuntamiento de El Puerto anima a optar a las subvenciones de la Junta para rehabilitación de edificios

08/04/2024 Calle de El Puerto de Santa María. POLITICA ESPAÑA EUROPA ANDALUCÍA AYUNTAMIENTO DE EL PUERTO

El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz) ha informado de las nuevas subvenciones de la Junta para rehabilitación de edificios de uso residencial y viviendas, incluidas las unifamiliares y ha animado a presentar la documentación requerida para optar a las subvenciones, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio «para que revierta en una mejora del urbanismo portuense».

En una nota, el Ayuntamiento ha recordado que el pasado martes 2 de abril el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicaba la Orden de 26 de marzo de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En este sentido, ha señalado que gracias a ella, se contempla dentro del Programa de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos, dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP), previamente delimitados en municipios de cualquier tamaño de población.

El teniente de alcalde de Gran Ciudad, Javier Bello, ha animado «a propietarios de vivienda y a presidentes de comunidades y entidades vecinales a presentar la documentación requerida para optar a las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, acogidas al Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio».

En este sentido, ha recordado que corresponde a los órganos competentes de la comunidad autónoma la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas, así como la gestión del abono de las subvenciones una vez se haya reconocido el derecho de las personas y entidades destinatarias últimas a obtenerlas.

Para el caso de actuaciones de rehabilitación sobre edificios residenciales de titularidad privada, promovidas por comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, se ha considerado oportuno la realización de convocatorias públicas para la concesión de las subvenciones, de forma que las actuaciones objeto de las subvenciones sean seleccionadas en cada Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) por riguroso orden de presentación de solicitudes hasta el agotamiento de los fondos previstos para estas subvenciones en el acuerdo de comisión bilateral.

El Ayuntamiento ha recordado que la primera de las líneas de subvenciones para la rehabilitación edificatoria, tiene por objeto la financiación de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial, dentro de los ERRP previamente delimitados.

Por su parte, la segunda línea es de subvenciones adicionales para situaciones de vulnerabilidad económica, que tienen por objeto la financiación complementaria del coste imputable a las personas propietarias o usufructuarias de viviendas en situación de vulnerabilidad económica, de las obras de rehabilitación que hubiesen sido objeto de subvención con cargo a la primera línea.

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