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El BOJA publica las ayudas al fomento del deporte en edad escolar en Andalucía con hasta 6.000 euros por club

Las nuevas ayudas al fomento del deporte en edad escolar en Andalucía, publicadas en el BOJA, están dirigidas a clubes y secciones deportivas que participen en competiciones oficiales y contemplan también a deportistas con discapacidad

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este 24 de marzo las bases reguladoras de una nueva línea de ayudas al fomento del deporte en edad escolar en Andalucía, dirigidas a clubes y secciones deportivas que participen en competiciones oficiales federadas. La convocatoria contempla subvenciones de hasta 6.000 euros por beneficiario.

La orden, incluida en el BOJA número 57, establece el marco para la concesión de estas ayudas en régimen de concurrencia competitiva. Podrán optar a ellas los clubes deportivos y secciones deportivas con domicilio social en Andalucía, incluidos los de la provincia de Cádiz, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

El objetivo de esta línea es financiar la participación en competiciones oficiales de deportistas en edad escolar, entre los 6 y los 18 años. Esta limitación de edad no se aplicará en el caso de modalidades deportivas dirigidas a personas con discapacidad, según recogen las bases.

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Entre los requisitos exigidos, las entidades solicitantes deberán estar inscritas en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED), tener aprobado el Código de Buen Gobierno y haber adaptado sus estatutos al Decreto 41/2022, de 8 de marzo. También deberán contar con el protocolo marco de actuación para la protección de personas menores frente a la violencia en el deporte y haber designado a una persona delegada de protección de menores.

Las ayudas cubrirán gastos relacionados directamente con la actividad deportiva subvencionada. Serán subvencionables los costes de inscripciones y licencias federativas, arbitrajes, desplazamientos, alojamiento y manutención de deportistas y personal técnico, así como equipaciones y material deportivo no inventariable.

Los gastos deberán haberse realizado entre la fecha de inicio y fin de la temporada deportiva iniciada en el año inmediatamente anterior a la convocatoria o, si la temporada coincide con el año natural, la iniciada en el mismo año de la convocatoria.

Las solicitudes deberán dirigirse a la persona titular de la delegación territorial competente en materia de deporte correspondiente al domicilio social de la entidad. En el caso de los clubes gaditanos, el trámite se gestionará a través de la Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz. El plazo concreto de presentación se establecerá en la correspondiente convocatoria.

El plazo máximo para resolver y publicar la resolución de concesión será de seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El abono de la subvención se realizará en un único pago anticipado del 100% del importe concedido, con un máximo de 6.000 euros por entidad beneficiaria, tras la publicación de la resolución. Posteriormente, las entidades deberán justificar telemáticamente el destino de los fondos en el plazo de tres meses desde el pago o desde la finalización del periodo de ejecución de la actividad, si este fuera posterior.

Esta línea de ayudas al fomento del deporte en edad escolar en Andalucía se enmarca en las políticas autonómicas de apoyo al deporte base y a la inclusión de personas con discapacidad en competiciones oficiales, con el objetivo de facilitar la participación de clubes y deportistas en el calendario federado.

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