La solicitud de prórroga ha obtenido 178 votos a favor, 75 en contra y 97 abstenciones
El Pleno del Congreso ha autorizado este miércoles, 6 de mayo, en sesión plenaria una cuarta prórroga del estado de alarma hasta las 00,00 horas del 24 de mayo, tras la solicitud aprobada por el Consejo de Ministros, que declaró dicho estado mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo. Posteriormente, ha sido prorrogado en tres ocasiones con la autorización de la Cámara Baja, por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo,487/2020, de 10 de abril y 492/2020, de 24 de abril. Tras someterse a una nueva votación, la solicitud de prórroga ha quedado aprobada con 178 votos a favor, 75 votos en contra y 97 abstenciones.
El debate ha comenzado con la intervención del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para defender dicha solicitud. A continuación, han tomado la palabra los representantes de los Grupos Parlamentarios: Pablo Casado, por el G.P. Popular; Santiago Abascal, por el G.P. VOX; Jaume Asens, por el G.P. Confederal de Unidas Podemos-En Comù Podem-Galicia en Común; Gabriel Rufián, por el G.P. Republicano; Laura Borrás (JxCat), Íñigo Errejón (Más País), Joan Baldoví (Compromís) y Nestor Rego (BNG), por el G.P. Plural; Inés Arrimadas, por el G.P. Ciudadanos; Aitor Esteban, por el G.P. Vasco EAJ-PNV; Mertxe Aizpurua, por el G.P. Euskal Herria Bildu; Mireia Vehí (CUP), Ana Oramas (CC), Carlos García Adanero (UPN), Isidro M. Oblanca (Foro Asturias), José María Mazón (PRC), Pedro Quevedo (NC) y Tomás Guitarte (Teruel Existe) por el G.P. Mixto; y Adriana Lastra por el G.P. Socialista. Tras ellos, ha vuelto a intervenir el presidente del Gobierno y a continuación han tomado nuevamente la palabra, en el turno de réplica, los representantes de los Grupos Parlamentarios, cerrando el debate el presidente del Gobierno.
Concluido el debate se han votado las propuestas de resolución que, de acuerdo con la previsión constitucional, habían presentado los Grupos Parlamentarios Mixto (Foro Asturias), de Euskal Herria Bildu, Vasco (EAJ-PNV), Ciudadanos y Plural (BNG, Compromís, Más País y Junts per Catalunya) para modificar el alcance o las condiciones vigentes durante la prórroga.
Las resoluciones del Grupo Parlamentario Vasco EAJ-PNV han quedado aprobadas con 181 votos a favor, 150 en contra y 18 abstenciones, y las modificaciones propuestas quedan, por tanto, incorporadas a las condiciones en las que se produce esta prórroga del estado de alarma.
Se trata de cuatro adiciones que entre otras cuestiones, permite la celebración de elecciones a Parlamentos de Comunidades Autónomas aunque esté vigente el estado de alarma; asegura que los municipios que constituyen enclaves reciban el tratamiento propio de la provincia que les circunda, sin que sea obstáculo que ésta pertenezca a una Comunidad Autónoma distinta; y contempla que durante el proceso de desescalada el Gobierno podrá acordar conjuntamente con cada Comunidad Autónoma la modificación, ampliación o restricción de las unidades de actuación y las limitaciones respecto a la libertad de circulación de las personas, de las medidas de contención y de las de aseguramiento de bienes, servicios, transportes y abastecimientos.
Tras la votación, en la que se ha rechazado el resto de las propuestas, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, ha suspendido durante una hora y media la sesión para que los diputados que no se encuentren de forma presencial puedan emitir telemáticamente sus votos sobre la solicitud de autorización de prórroga del estado de alarma con las nuevas condiciones. El Pleno se reanudó a las 18:15h para completar la votación con el voto presencial y anunciar el resultado.
Solicitud de Prórroga
En la solicitud de autorización para la prórroga remitida al Congreso, el Gobierno argumenta que, «a la luz de los principales indicadores disponibles, de la experiencia adquirida a nivel nacional, de la experiencia en otros países y del conocimiento aportado por los expertos en el ámbito sanitario y epidemiológico, se considera oportuno avanzar en la desescalada gradual de las medidas extraordinarias de restricción de la movilidad y del contacto social y facilitar una recuperación, lo más rápida posible, de la actividad social y económica».
«La progresión de las medidas, o su eventual regresión, se determinará en función de la evolución de diversos indicadores, tanto sanitarios como epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad. Además, estas medidas podrán aplicarse en ámbitos territoriales concretos, ya sea la provincia, la isla o la unidad territorial de referencia en el proceso de
desescalada», continúa.
En este nuevo escrito de solicitud de autorización para la prórroga, el Ejecutivo contempla la posibilidad de que el ministro de Sanidad, Salvador Illa, «a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad», acuerde «la progresión de las medidas de desescalada» para un territorio concreto, de acuerdo con las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla. En el marco de estas decisiones, las personas podrán desplazarse por un territorio concreto (provincia, isla o unidad territorial de referencia), sin perjuicio de las excepciones justificadas para los desplazamientos entre territorios. En todo caso, en estos «desplazamientos deberán respetarse las instrucciones de las autoridades sanitarias».
Procedimiento
La declaración del Estado de alarma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 116 de la Constitución, corresponde al Gobierno, mediante decreto acordado en Consejo de Ministros y por un plazo máximo de quince días. La Constitución determina que el Ejecutivo dará cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo.
El Reglamento del Congreso, en su artículo 162, desarrolla este precepto constitucional y añade que «cuando el Gobierno declarase el estado de alarma, remitirá inmediatamente al presidente del Congreso una comunicación a la Cámara, que el jefe del Ejecutivo expuso ante el Pleno el pasado día 22 de abril.
El Gobierno necesita la autorización del Congreso para prorrogar el estado de alarma más allá de los primeros días de vigencia, y tendrá que producirse antes de que expire este plazo de quince días, de acuerdo con lo establecido por el artículo 116. 2 de la Constitución.