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Lun. Nov 25th, 2024

El Consejo Andaluz de graduados sociales solicita la retirada del trámite de alta de los trabajadores como demandante en el SAE para acceder a las ayudas por ERTE

Este trámite es innecesario ya que los afectados mantienen sus contratos de trabajo suspendidos temporalmente o en jornada reducida

El Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Graduados Sociales ha solicitado a la Consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía, Rocío Blanco Eguren, la supresión del requisito, ahora imprescindible, para que el trabajador afectado por un ERTE se inscriba como demandante de empleo.

Según aparece en la página web de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de ese SAE, las instrucciones dicen textualmente:

“¿Tu empresa ha presentado un ERTE por fuerza mayor derivada del #COVID-19? esto es lo debes saber.
Para dar respuesta a las necesidades de inscripción como demandantes de empleo de las personas que se cesen su actividad laboral por ERTE o cualquier otra circunstancia, el Servicio Andaluz de Empleo ha creado una nuevo formulario para solicitar el alta como demandante de empleo , un requisito que es previo a la solicitud o reconocimiento de las prestaciones que tramita el SEPE (Servicio Público Estatal de Empleo) y además ha definido una dispositivo telefónico para prestar apoyo a esta gestión”·  

“Como colectivo conocedor de cuanto supone el mundo del trabajo y las dificultades por la que en estos momentos están pasando, tanto empresas como trabajadores, no vemos necesario este trámite de inscripción como demandantes de empleo de estos trabajadores afectados por ERTE, ya que los mismos no se encuentran en situación de ser demandantes de empleo, sino que tienen sus contratos de trabajo suspendidos o en jornada reducida”, señala el presidente del Consejo Andaluz, José Blas Fernández Sánchez.

En definitiva, “no tienen  extinguida la relación laboral con su empleador. Teniendo en cuenta la situación que ha generado la declaración del Estado de Alarma, y que muchos de estos trabajadores no tienen recursos para acceder a dicho trámite telemático, instamos al Servicio Andaluz de Empleo que anule ese requisito. Es innecesario y complica sobremanera  el que los trabajadores hagan el trámite  cuando la mayoría  puede que no tenga ni acceso a internet o conocimientos  para poder llevar a cabo dicha inscripción telemática. Máxime cuando en estos momentos de aislamiento, ni tan siquiera podrán recurrir a un familiar o conocido para llevarlo a cabo.

El presidente de esta profesión en Andalucía, que representa a más de 9 mil graduados sociales de los ocho colegios territoriales, ha indicado que “además, esta medida temporal la afronta económicamente el servicio estatal, el SEPE, por lo que pedimos coordinación en estos momentos tan delicados, para los trabajadores y para las empresas”.

“Pedimos agilidad administrativa, especialmente en este momento en que los trabajadores se pueden ver afectados, sin poder acceder de manera inmediata a las medidas contempladas, urgentes y extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. El Real Decreto establece la posibilidad de llevar a cabo por las empresas Expedientes de Regulación de Empleo temporales (ERTEs) de suspensión de contratos de trabajo o bien de reducción de jornada laboral, no de extinción, siendo la empresa la responsable de solicitar al SEPE las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados por dichos ERTEs. Solo pedimos que se agilice en lo posible dicha tramitación y que estos trabajadores puedan percibir dicha prestación lo antes posible sin tener que llevar a cabo un requisito innecesario y difícil para ellos”, destaca José Blas Fernández en el escrito remitido hoy a la consejera.

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