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El TSJA desestima el recurso de Landaluce por su querella contra Rocío Arrabal

El TSJA desestima el recurso de Landaluce y confirma el archivo de la querella por presuntas calumnias contra la portavoz socialista en Algeciras, al considerar que sus declaraciones se enmarcaron en la labor de oposición política.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de súplica presentado por el alcalde de Algeciras, José Ignacio Landaluce, contra el auto que inadmitió la querella por presuntas calumnias interpuesta contra la parlamentaria andaluza y secretaria general del PSOE en la ciudad, Rocío Arrabal. La resolución confirma el archivo de la causa especial abierta a raíz de este procedimiento.

La decisión, fechada por la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal andaluz, ratifica que no procede admitir a trámite la querella presentada por el regidor algecireño, también senador, al no apreciar relevancia penal en los hechos denunciados.

El origen del procedimiento se remonta a unas declaraciones públicas realizadas por Arrabal en relación con unos supuestos abusos sexuales atribuidos a Landaluce contra dos concejalas del Ayuntamiento de Algeciras. Estas acusaciones aparecieron inicialmente en octubre de 2024 en el canal de Telegram del líder político ‘Alvise’ Pérez, donde se difundieron capturas de pantalla con denuncias anónimas. Las concejalas señaladas negaron posteriormente los hechos.

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Tras aquellas manifestaciones, Landaluce presentó una querella por un presunto delito de calumnias contra la dirigente socialista. Sin embargo, el TSJA acordó su inadmisión al considerar que, aunque resultaba verosímil que Arrabal hubiera realizado las declaraciones atribuidas, estas carecían de relevancia penal en el contexto en que se produjeron.

En su argumentación, el tribunal sostuvo que las manifestaciones no consistieron en “meras invenciones” ni en la difusión de rumores infundados, sino en la exposición de documentos e informaciones recibidas de terceros. Según el auto, la portavoz socialista se limitó a trasladar públicamente esos documentos para fundamentar una petición de dimisión del alcalde, en el marco de la actividad de oposición política.

El TSJA subrayó que no se apreciaba el requisito de “temerario desprecio a la verdad” exigido para que exista delito de calumnias. También señaló que las declaraciones se realizaron en un contexto inequívoco de confrontación política y con la finalidad de exigir responsabilidades públicas, no como un ataque personal desvinculado de la acción política.

Tras la inadmisión inicial, el alcalde anunció la presentación de un recurso de súplica al entender que el auto no había tenido en cuenta el archivo previo de la denuncia que Arrabal y la vicesecretaria socialista local, Isabel Beneroso, habían presentado ante la Fiscalía del Tribunal Supremo.

Esa denuncia, que apuntaba a supuestos delitos de malversación de caudales públicos, tráfico de influencias y acoso o abuso sexual, fue archivada por la Fiscalía del Supremo el pasado 15 de enero al no apreciar indicios de delito.

No obstante, el TSJA ha rechazado ahora el recurso de Landaluce y confirma el archivo de la querella por calumnias, cerrando así esta vía judicial en el alto tribunal andaluz.

La secretaria general del PSOE de Andalucía, María Jesús Montero, se refirió públicamente a la resolución a través de un mensaje en la red social X, en el que destacó la desestimación del recurso y afirmó que “por más que lo intenten, no nos callarán”.

Por el momento, no ha trascendido si el alcalde de Algeciras emprenderá nuevas acciones legales tras la decisión del TSJA. La resolución supone un nuevo capítulo en un conflicto político y judicial que se prolonga desde finales de 2024 y que ha tenido repercusión en la vida política municipal.

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