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El TSJA ratifica cinco años de prisión para un masajista en Jerez por abuso sexual con una clienta

09/01/2024 Sede TSJA en Granada. Europa Press. POLITICA EUROPA PRESS.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a hombre que realizaba masajes y ejercicios de fisioterapia a cinco años de prisión por un delito de abuso sexual realizados a una clienta en Jerez de la Frontera.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, la víctima, una mujer de 21 años, acudió al establecimiento después de que otros familiares y amigos le hubiesen recomendado los servicios del acusado. Tras entrevistarse con ella y su madre, le recomendó un tratamiento con masajes y ejercicios de fortalecimiento.

Los hechos se produjeron en diciembre de 2020 y en el primer día de tratamiento, en una habitación cerrada en la que únicamente estaban ellos dos, la mujer se tumbó en una camilla, vestida con un sujetador y un pantalón de chándal, y el acusado comenzó a realizar diversos ejercicios con ella, combinándolos con masajes. Durante esa actividad llegó a decirle «qué guapa eres», «qué buen cuerpo tienes» y «si fueras más mayor yo te daría lo tuyo».

Además, le dio varios besos en la frente y en la mejilla, con la disculpa de que eran premios por lo bien que realizaba los ejercidos. Posteriormente, el tercer día que la mujer acudió a la cita, el acusado aprovechó para cometer el abuso sexual con tocamiento, a lo que la víctima reaccionó levantándose y llorando. Ese mismo día, puso la denuncia.

El acusado presentó un recurso ante el TSJA solicitando su libre absolución alegando error de la prueba, ya que niega, además de los abusos, incluso que conociera a la víctima. En este sentido, según recuerda el TSJA, la sentencia de la Audiencia menciona las fotografías que la denunciante realizó en el local donde ocurrieron los hechos, donde ella misma aparece reflejada en un espejo, lo que acredita su presencia en el mismo, al coincidir con las fotografías y el video aportados por la defensa.

Además, aporta los mensajes de Whatsapp que mantuvo con el acusado en los que la citaba para recibir el tratamiento y hablaban del dolor que ella sentía en un hombro y la forma en que le pagaría el servicio, todo ello en fechas inmediatamente anteriores a los hechos.

Igualmente, el acusado expuso que en la fecha de autos estaba trabajando como ‘interno’ en una vivienda cuidando a una señora que estaba enferma y supervisando a la vez unos trabajos de albañilería que se estaban realizando en dicho inmueble, por lo que prácticamente no salía a la calle, así como que al local donde ocurrieron los hechos accedían tres hombres extranjeros que prestaban servicios de índole sexual, alguno de los cuales podría haberle suplantado.

En este sentido, el TSJA recuerda que la identificación del acusado que la víctima y su madre realizaron en el plenario «fue tan contundente que el tribunal de instancia estuvo completamente seguro de que él fue la persona que llevó a cabo los hechos, y la explicación ofrecida por el mismo, atribuyendo los abusos a un individuo desconocido que se hizo pasar por él, resulta completamente inverosímil».

La Audiencia Provincial, según recoge la sentencia, se basó para condenarlo en la declaración de la denunciante, que consideró «totalmente creíble por su fiabilidad, minuciosidad, ausencia de contradicciones y persistencia, sin atisbar la interferencia de cualquier móvil espurio que justificara una imputación en falso».

Finalmente, el TSJA ha desestimado el recurso de la defensa y ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial que condena al acusado a la pena de un año de prisión por un delito de abuso sexual sin acceso carnal y a cuatro años por un delito de abuso sexual con acceso carnal.

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