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Bahía de Cádiz y La Janda

El TSJA rebaja a cuatro años la pena de prisión para un oficial del Registro de El Puerto por apropiación indebida de 427.000 euros

El tribunal andaluz mantiene la condena por apropiación indebida agravada pero absuelve al funcionario del delito de estafa al que fue condenado en primera instancia

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido a cuatro años la pena de prisión impuesta a un oficial del Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María por un delito continuado de apropiación indebida agravada, al considerar que no existió estafa. La sentencia, hecha pública este martes, rebaja así en medio año la condena dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz y confirma que el acusado se apropió de más de 427.000 euros entre 2010 y 2017.

Según el fallo judicial, el funcionario ejercía como oficial mayor sustituto del Registro y tenía acceso exclusivo a la caja de caudales y a las cuentas bancarias de la oficina, siendo responsable de la contabilidad, el control de ingresos y pagos, así como del arqueo de caja diario. Durante más de siete años, aprovechó su posición para quedarse con parte del dinero en efectivo que el registro recibía de clientes, especialmente en pagos en metálico.

El tribunal considera probado que el acusado sustrajo sistemáticamente parte del efectivo entregado por los usuarios del Registro, falseando los sobres de ingreso y evitando que se detectaran irregularidades en el arqueo diario. La mecánica del delito consistía en no ingresar en el banco todo el dinero recibido en la oficina, apropiándose de una parte que ascendió a un total de 427.929 euros.

Los hechos se produjeron en las oficinas del Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María, en la provincia de Cádiz, entre los años 2010 y 2017, primero bajo las órdenes de un registrador y posteriormente de una nueva titular en 2018. La investigación reveló que el oficial era el único empleado con acceso a la caja fuerte y al sistema informático contable, lo que le permitió operar sin supervisión directa durante años.

El TSJA ha confirmado la existencia del delito de apropiación indebida agravada por la elevada cuantía defraudada, aunque ha descartado la existencia de estafa, como había recogido la sentencia de primera instancia. Esta modificación supone una rebaja de seis meses en la pena de prisión inicial.

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El caso pone de relieve los riesgos derivados de la concentración de funciones clave en una sola persona dentro de la administración de oficinas públicas, especialmente en ámbitos como los registros de la propiedad, donde se manejan importantes cantidades de dinero en efectivo.

La sentencia ya es firme y no cabe recurso ordinario ante el Tribunal Supremo salvo en caso de infracción legal o vulneración de derechos fundamentales.

Etiquetas:
Registro de la Propiedad, El Puerto de Santa María, TSJA, apropiación indebida, sentencia judicial, tribunales, funcionario condenado, Cádiz, delito continuado, justicia Andalucía

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