El TSJA rebaja a siete años la condena por intento de homicidio en Sanlúcar tras apuñalamiento
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía modifica la pena de un hombre que apuñaló a otro en 2021, al considerar homicidio en grado de tentativa y no asesinato.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido de ocho a siete años la condena de un hombre que fue condenado por apuñalar a otro durante una pelea en Sanlúcar de Barrameda. La Audiencia Provincial inicialmente lo sentenció por un delito de asesinato en grado de tentativa, pero el TSJA ha cambiado el tipo penal a homicidio en grado de tentativa tras estimar parcialmente el recurso presentado.
Los hechos se remontan a septiembre de 2021, cuando el padre del condenado acudió a una vivienda alquilada para reclamar una deuda de 150 euros al inquilino. En la puerta se originó una discusión, y apareció la víctima, amigo del hijo del inquilino, quien golpeó con un cabezazo al padre del condenado.
En ese momento, el hijo del propietario, que había estado observando desde cierta distancia, se acercó por detrás y atacó a la víctima con un cuchillo, propinándole dos puñaladas en el pecho y la axila izquierda. Según la Audiencia Provincial, este acto fue considerado asesinato en grado de tentativa por la supuesta sorpresa y alevosía en la agresión.
Sin embargo, el TSJA ha señalado que no está acreditado que el ataque se realizara de forma sorpresiva por la espalda, como había concluido la sentencia anterior. El tribunal subraya que el agresor abordó a la víctima y le apuñaló repetidamente, pero no de manera súbita ni completamente desprevenida.
La resolución del TSJA modifica también la descripción de los hechos probados, estableciendo que el agresor presenció inicialmente la pelea desde una esquina cercana, después se acercó al agredido portando un cuchillo y le propinó dos puñaladas en el mismo lado del pecho y la axila, consciente de que ponía en peligro su vida.
De este modo, la pena queda reducida a siete años de cárcel por homicidio en grado de tentativa, descartando la agravante de alevosía que elevaba el delito a asesinato.