La condena pasa de tres años a dos años y tres meses de cárcel y las multas se reducen a la mitad tras reconocer el tribunal el retraso en la tramitación judicial de la causa.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado rebajar en siete meses las penas de prisión a diez acusados por narcotráfico en la provincia de Cádiz al apreciar el atenuante de dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento judicial. La decisión afecta a una macrocausa con una treintena de condenados, en la que el tribunal reconoce el exceso de tiempo transcurrido desde los hechos hasta la sentencia firme.
Según la resolución, recogida por Europa Press, los acusados habían sido condenados por la Audiencia Provincial de Cádiz a tres años de prisión y a dos multas de 1,2 millones de euros por un delito contra la salud pública. Con la modificación del fallo, las penas se reducen a dos años y tres meses de cárcel y dos multas de 650.000 euros.
Los hechos se remontan a noviembre de 2018, cuando una embarcación semirrígida comenzó a desembarcar fardos de hachís en una playa de Puente Mayorga, en el municipio de San Roque. Al ser detectados por un helicóptero y efectivos de la Guardia Civil, los implicados huyeron hacia una vivienda cercana para evitar ser detenidos, aunque finalmente fueron arrestados junto con la arrendataria del inmueble, que también fue acusada como cómplice.
Durante el operativo, uno de los implicados logró escapar momentáneamente hasta un garaje en la Estación de San Roque, donde fue interceptado posteriormente con 27 fardos de hachís —más de 800 kilos—, además de una pistola semiautomática con un cargador de 12 balas. Al día siguiente, las autoridades detuvieron a otras dos personas en Manilva (Málaga) que viajaban en la misma embarcación desde la que se había realizado el alijo.
La Audiencia Provincial de Cádiz impuso penas de entre cuatro y dos años de prisión, así como multas que alcanzaban los cinco millones de euros, en función del grado de participación de cada implicado. Sin embargo, los condenados recurrieron ante el TSJA alegando la nulidad de la entrada en el domicilio, un supuesto error en la valoración de la prueba y la falta de proporcionalidad de las penas, argumentos que el tribunal ha desestimado.
No obstante, el TSJA ha estimado parcialmente el recurso en lo relativo al atenuante de dilaciones indebidas, al considerar que la causa se prolongó de manera injustificada desde su inicio en 2018 hasta la resolución definitiva, reduciendo así las penas a diez de los procesados.
La decisión judicial deja sin efecto el resto de alegaciones presentadas y mantiene las condenas principales, destacando la gravedad del delito y la cantidad de droga intervenida, que superó los 800 kilos de hachís.
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