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Elecciones generales del 29 de noviembre: fechas y claves para votar en Cádiz

Redacción 14 octubre, 2026 5 minutos de lectura

El censo de las elecciones generales del 29 de noviembre puede consultarse hasta el 19 de octubre y los sorteos de las mesas se celebrarán entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre

Las elecciones generales del 29 de noviembre convocarán a las urnas a 38.728.356 ciudadanos para elegir a los integrantes del Congreso de los Diputados y el Senado. Los electores de la provincia de Cádiz podrán consultar sus datos censales hasta el 19 de octubre, mientras que las tarjetas con el local y la mesa de votación comenzarán a enviarse a partir del 2 de noviembre.

La convocatoria deriva del real decreto de disolución de las Cortes Generales aprobado por el Consejo de Ministros extraordinario del 5 de octubre de 2026. La norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor el 6 de octubre.

La campaña electoral comenzará a las 0.00 horas del viernes 13 de noviembre y concluirá a las 24.00 horas del viernes 27. Las nuevas Cámaras celebrarán sus sesiones constitutivas el 23 de diciembre, a las 10.00 horas.

De los 38,7 millones de electores incluidos en el censo, 35.958.711 residen en España y 2.769.645 viven en el extranjero, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). Entre quienes residen en territorio nacional, 1.615.127 podrán participar por primera vez en unas elecciones generales al haber cumplido 18 años desde los anteriores comicios, celebrados el 23 de julio de 2023.

El censo utilizado para esta convocatoria es el cerrado el 1 de agosto de 2026. Los residentes en España pueden comprobar su inscripción entre el 12 y el 19 de octubre en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral. Los residentes en el extranjero pueden realizar la consulta durante el mismo periodo en las oficinas consulares.

La información también está disponible en la sede electrónica del INE mediante identificación con el sistema Cl@ve. En el caso de los residentes en España, la consulta muestra además la mesa y la dirección del local electoral asignado. Las reclamaciones sobre los datos censales pueden presentarse hasta el 19 de octubre en ayuntamientos, consulados, delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral o, para los residentes en España, a través de la sede electrónica del INE.

Los sorteos para designar a los integrantes de las mesas electorales tendrán lugar entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre. Cada mesa estará formada por una presidencia y dos vocalías, seleccionadas entre las personas censadas en la sección electoral que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años. A partir de los 65 años, las personas elegidas pueden renunciar dentro de los siete días posteriores a la notificación.

Las designaciones se comunicarán durante los tres días siguientes al sorteo. Las personas seleccionadas dispondrán de siete días desde la notificación para presentar ante la Junta Electoral de Zona una causa justificada y documentada que les impida asumir el puesto.

Formar parte de una mesa electoral es obligatorio. La ausencia injustificada de presidentes, vocales o suplentes puede conllevar una pena de prisión de tres meses a un año o una multa de seis a 24 meses. Los miembros titulares percibirán una dieta, estarán cubiertos por la Seguridad Social ante posibles contingencias relacionadas con su participación y tendrán derecho a reducir en cinco horas su jornada laboral del día posterior a las elecciones.

La votación del 29 de noviembre comenzará a las 9.00 y finalizará a las 20.00 horas. Si en ese momento permanecen electores dentro del local o en su acceso, podrán depositar su voto antes del cierre definitivo de la mesa.

Para identificarse será válido el DNI, el pasaporte o el permiso de conducir, siempre que el documento incluya fotografía. El resguardo de un DNI en trámite no servirá como acreditación al carecer de imagen del titular.

Las personas que trabajen durante la jornada electoral tendrán derecho a ausentarse para votar. El permiso podrá alcanzar hasta cuatro horas retribuidas para quienes trabajen por cuenta ajena, con una reducción proporcional cuando la jornada laboral sea inferior a la habitual.

En el Congreso se elegirán 350 diputados mediante listas cerradas y bloqueadas: el elector escoge la papeleta de una candidatura sin modificar el orden de sus integrantes. En el Senado, donde se vota directamente a candidatos incluidos en una papeleta única, se eligen con carácter general hasta tres nombres, aunque el límite cambia en determinadas circunscripciones insulares y en Ceuta y Melilla.

Las papeletas del Congreso serán blancas y las del Senado, sepia. Las listas presentadas deben respetar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres. El reparto de escaños en el Congreso se realizará por circunscripciones mediante el método D’Hondt.

Se considerará voto en blanco el sobre que no contenga papeleta y, en el Senado, la papeleta en la que no se marque ningún candidato. Serán nulos, entre otros, los votos emitidos con papeletas o sobres distintos del modelo oficial, las papeletas introducidas sin sobre, los sobres alterados o los que contengan candidaturas diferentes. También se anularán las papeletas modificadas con nombres añadidos, tachaduras, cambios en el orden o expresiones escritas.

El escrutinio provisional comenzará en cada mesa una vez terminada la votación. La presidencia extraerá los sobres uno a uno, leerá las candidaturas y mostrará las papeletas a vocales, interventores y apoderados. El resultado quedará recogido en un acta pública. El escrutinio definitivo corresponderá a las juntas electorales provinciales y se desarrollará entre el 4 y el 7 de diciembre.