Tras el requerimiento de la asociación, la empresa semipública se ha limitado a posponer el incremento un mes pese a que en sus contratos se compromete a mantener las tarifas durante al menos un año.
FACUA Cádiz prepara acciones legales contra la empresa semipública Eléctrica de Cádiz al considerar que su inminente subida de tarifas vulnera tanto la legislación del sector eléctrico como la de protección de los consumidores, además de incurrir en un incumplimiento de las condiciones contractuales suscritas con los usuarios.
Tras el requerimiento enviado por la asociación a la eléctrica y al alcalde de Cádiz, José María González Kichi -el Ayuntamiento es su propietario al 55,3%, junto a Endesa, al 33,5%, y Unicaja, al 11,2%-, la compañía se ha limitado a posponer el incremento tarifario un mes pese a que en sus contratos se compromete a mantener las tarifas durante dos años para los nuevos clientes y uno en cada una de sus prórrogas automática. La única excepción que contemplan las cláusulas contractuales es que cambien los peajes y cargos regulados, algo que ocurrió en junio y derivó en la modificación tarifaria que Eléctrica de Cádiz aplicó ese mes.
En 2020, un 35% más cara que el PVPC
El argumento de que las tarifas suben por el incremento de precios en el mercado mayorista no tiene justificación legal, advierte la asociación, que además recuerda a la eléctrica y al Ayuntamiento que durante el año 2020 sus tarifas estuvieron nada menos que un 35,2% por encima de lo que supuso el semirregulado PVPC. Así, Eléctrica de Cádiz cobró a los usuarios 16,43 céntimos el kilovatio hora (impuestos incluidos), frente a los 12,15 céntimos/kWh que representó de media el PVPC.
En su respuesta a FACUA Cádiz, la compañía indica que aplicará la subida en octubre en lugar de en septiembre, al no haberla notificado a un elevado porcentaje de clientes con suficiente antelación. Sin embargo, la asociación advierte de que para que cumpliese con la legislación, el aumento tarifario sólo podría producirse tras la finalización los contratos suscritos con cada cliente.
En este sentido, la asociación instó a la empresa a que anulase su subida y a que informase a cada uno de sus clientes cuando finalice su contrato en vigor de que disponen de la opción de suscribir uno nuevo con Eléctrica de Cádiz, con las tarifas que se establezcan, o alternativamente, pasarse a otra comercializadora.
Y es que en las condiciones contractuales de Eléctrica de Cádiz no se detallan los motivos por los que podría producirse una variación de los precios que se considerara válida, un requisito ineludible que establecen tanto la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios como la Ley del Sector Eléctrico.
FACUA Cádiz advierte de que al carecer de un motivo válido expresamente previsto en el contrato, la subida vulnera lo establecido por el artículo 85.3 de Ley General de Consumidores, que califica como abusivas “las cláusulas que reserven a favor del empresario facultades de interpretación o modificación unilateral del contrato, salvo, en este último caso, que concurran motivos válidos especificados en el contrato”.
Finalmente, la asociación indica que la subida también incumple la Ley del Sector Eléctrico, que establece, en su artículo 44 apartado e, que los consumidores tienen derecho a “ser notificados de forma directa por su suministrador sobre cualquier revisión de los precios derivada de las condiciones previstas en el contrato”.
El equipo jurídico de FACUA Cádiz estudia ahora las acciones legales que emprenderá contra la comercializadora eléctrica.