Serán las entidades locales la que deberían establecer el máximo aforo permitido en las playas de su municipio
El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto ley que incluye una serie de recomendaciones de protección de la salud para la apertura de zonas y aguas de baño en Andalucía, que han sido dialogadas con los ayuntamientos costeros para el plan de contingencia frente al Covid-19 que tendrán que elaborar estas administraciones.
Entre las recomendaciones, se encuentran cuestiones referidas al aforo, a la apertura y cierre de playas, los accesos, la estancia en la playa y en el agua, el servicio de baño asistido, el tratamiento de los residuos generados, los aseos y vestuarios, las duchas y lavapiés exteriores, las sombrillas y hamacas de alquiler, los locales de primeros auxilios y torres de vigilancia de socorrismo o los espacios ocupados por actividades de alquiler, entre otras.
En relación al aforo, en el correspondiente plan de contingencia, las entidades locales deberían establecer el máximo aforo permitido en las playas de su municipio de acuerdo a las disposiciones que se vayan dictando por la autoridad sanitaria competente.
Asimismo, sería conveniente recoger en el plan las directrices necesarias para mantener el equilibrio entre la previsión de bajamar y pleamar y el aforo máximo permitido.
En las zonas de estancia de los usuarios, se debe establecer una distribución espacial para garantizar la distancia de seguridad de al menos dos metros entre ellas, mediante señales en el suelo limitando los espacios. Todos los objetos personales, como toallas, deben permanecer dentro del perímetro de seguridad de dos metros establecido, evitando el contacto con el resto de personas.