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Andalucía y más allá

La Junta de Andalucía alerta sobre los riesgos de los créditos rápidos y recuerda el derecho de desistimiento

La Dirección General de Consumo aconseja analizar detenidamente los contratos de crédito al consumo y resalta que las personas consumidoras pueden romperlos en un plazo de 14 días sin penalización.

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha advertido sobre los riesgos de contratar créditos rápidos y otros préstamos al consumo, destacando la importancia de valorar la capacidad financiera personal antes de firmar cualquier contrato. Según la Consejería de Salud y Consumo, las personas consumidoras pueden desistir del crédito sin justificar su decisión, siempre que lo hagan dentro de los 14 días naturales posteriores a la firma o a la recepción de toda la documentación contractual.

Los créditos al consumo son préstamos personales ofrecidos por entidades financieras para la adquisición de bienes o servicios específicos, como vehículos, tratamientos médicos o viajes. La normativa vigente protege a las personas consumidoras, garantizando que reciban información clara, gratuita y suficiente antes de comprometerse, lo que permite comparar distintas ofertas del mercado.

En este sentido, la Dirección General de Consumo recomienda revisar con detalle la información precontractual, incluyendo el tipo de interés, comisiones, duración del contrato, importe total a financiar, Tasa Anual Equivalente (TAE) y servicios adicionales. Además, se aconseja leer toda la documentación detenidamente y solicitar aclaraciones a la entidad financiera sobre cualquier aspecto no comprendido.

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Los créditos rápidos, ampliamente publicitados por internet y medios tradicionales, representan un riesgo especial debido a sus elevados intereses, altas comisiones y exigencias de devolución a corto plazo. A menudo, estos préstamos son ofrecidos por empresas no supervisadas por el Banco de España, lo que aumenta la exposición de la persona consumidora a problemas financieros.

Las entidades prestamistas están obligadas a entregar la Información Normalizada Europea sobre el crédito al consumo, que incluye datos como tipo y modalidad del crédito, importe total, TAE, calendario de pagos, tipo de interés de demora y posibles servicios accesorios, como seguros vinculados al contrato. Esta información debe proporcionarse por escrito, ya sea en papel o en soporte duradero.

La Junta de Andalucía subraya que la decisión de contratar un crédito al consumo debe ser meditada y basada en una valoración realista de la situación económica personal. Comparar distintas entidades financieras y analizar con detalle los contratos permite a las personas consumidoras tomar decisiones responsables, evitando endeudamientos excesivos y problemas derivados de créditos con condiciones desfavorables.

En resumen, la Consejería de Salud y Consumo recuerda que, aunque los créditos al consumo son una herramienta financiera útil, su contratación exige prudencia. El derecho de desistimiento de 14 días y la obligación de recibir información clara y completa son mecanismos de protección esenciales frente a riesgos como los que presentan los préstamos rápidos.

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