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La Junta sube un 4% la ayuda extraordinaria a las pensiones no contributivas para 2021

Por Redacción Dic 21, 2020 #Andalucía #mayores

Acordada una medida que se extiende al Fondo de Asistencia Social y el Subsidio de Garantía, con casi 106.000 beneficiarios

El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, ha aprobado el establecimiento de ayudas sociales extraordinarias para el año 2021 a favor de las personas beneficiarias de pensiones de jubilación e invalidez no contributivas, así como ayudas sociales complementarias a favor de las personas beneficiarias del Fondo de Asistencia Social (FAS) y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM), que suponen una subida de un 4% respecto al ejercicio anterior y que afectan a casi 106.000 andaluces y andaluzas dentro del grupo de población más vulnerable.

La cuantía individual de estas ayudas a las pensiones no contributivas se fija en 140,92 euros, que se abonará mediante un pago único realizado de oficio durante el primer trimestre del año 2021 sin que precise solicitud de la persona interesada. Para ello, será requisito ser persona perceptora de pensión de jubilación o invalidez en sus modalidades no contributivas y tener esta condición a 31 de diciembre de 2020, así como tener la vecindad administrativa en territorio andaluz. El número de personas beneficiarias previstas para el año 2021 asciende a 103.500 aproximadamente.

En el caso de las personas beneficiarias del Fondo de Asistencia Social y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos, la cuantía individual de estas ayudas se fija en 1.360,80 euros anuales y se abonará en cuatro pagas a lo largo del año, que se harán efectivas en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de 2021. Igualmente, el pago se hará de oficio.

Asimismo, se establece como requisito ser persona perceptora de esta pensión asistencial o tener reconocido el subsidio durante los tres meses inmediatamente anteriores a las fechas establecidas para su pago y residir en Andalucía. Por este concepto, se prevé que el número de personas beneficiarias de esta ayuda para 2021 ascienda a 2.474.

Estas medidas ya se encuentran consolidadas en el ejercicio actual y suponen la subida anual de esta ayuda social de carácter extraordinario en un porcentaje igual o superior a la variación que presenta el Índice de Precios al Consumo (IPC) del año anterior, de manera que se ha revalorizado la ayuda en un porcentaje superior a la previsible variación del IPC de 2020, que se encuentra en estos momentos al -1,4%.

La insuficiencia de las prestaciones, junto con la competencia exclusiva que corresponde a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de asistencia y servicios sociales, hizo que se estableciesen ayudas económicas complementarias de carácter extraordinario que se han ido abonando desde 1998 en el caso de las pensiones no contributivas y desde 1989 para las personas beneficiarias del FAS y el SGIM, con la finalidad de contribuir a mejorar su situación socioeconómica.

Ayudas compatibles

Las personas que reciben estas prestaciones carecen de los recursos necesarios para atender sus necesidades básicas de subsistencia y esta ayuda económica es distinta y compatible con las del Sistema de la Seguridad Social y con las que pueda otorgar la Administración General del Estado. Por este motivo, la Administración andaluza, en consideración a la cuantía de la prestación que reciben y su bajo nivel de rentas, como colectivo en riesgo de exclusión, promueve el establecimiento de estos mecanismos.

Las pensiones no contributivas tienen la cuantía más baja de las reconocidas por el Sistema de la Seguridad Social, 395,60 euros al mes de importe máximo para el año 2020, unido a un también bajo nivel de rentas.

Por otra parte, el Fondo de Asistencia Social, con origen en 1981, quedó suprimido en 1992, por lo que únicamente perciben esta ayuda las personas que la tuviera ya reconocida anteriormente. Asimismo, el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos creado en 1982 fue derogado en 2013 con la salvedad de que las personas beneficiarias continuaran con el derecho de percepción siempre que siguieran reuniendo los requisitos exigidos y no optasen por pasar a percibir pensión no contributiva de la Seguridad Social.

Estas personas beneficiarias vienen percibiendo la prestación en igual cuantía mensual de 149,86 euros con un total anual de 2.098,04 euros de manera invariable desde el año 1991, sin que haya sido objeto de revalorización en las Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado aprobadas hasta la fecha, siendo las de menor cuantía de todo el sistema de protección social.

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