CGT ha recurrido dicha decisión ante el TSJA por vulnerar derechos fundamentales
El sindicato CGT ha recibido una resolución del Subdelegado de Gobierno en Cádiz con fecha de 28 de mayo de 2021 denegando el paso por el Puente de la Constitución de 1812 a una la marcha a pie desde la factoría de Airbus Puerto Real hasta los terrenos de la antigua factoría de C.A.S.A. en Cádiz, el próximo 18 de junio, contra el cierre de la factoría de Airbus Puerto Real, en defensa del empleo industrial en la Bahía de Cádiz y contra la precariedad.
Dicha marcha se enmarca en las movilizaciones que la asamblea de trabajadores/as de Airbus y sus contratas viene realizando desde la acampada permanente a las puertas de la fábrica que ya lleva 43 días y que culminan ese día con una huelga general en la provincia de Cádiz convocada por el Sindicato CGT en apoyo de las mismas.
Escudándose en unos informes “técnicos” prácticamente idénticos a los usados para intentar prohibir la marcha precedente del 1 de mayo, que ya fueron desestimados por el TSJA, que desaconsejan el paso de la manifestación por el puente de la Constitución de 1812, el Subdelegado prohíbe el paso peatonal por el mismo y, con ello, la marcha desde Puerto Real a Cádiz, imponiendo un cambio que desvirtúa totalmente la movilización convocada, al pretender que el paso por el puente sea en “vehículo privado” y luego continúe ya peatonalmente en la ciudad de Cádiz. Dicha decisión además de desvirtuar, como se ha dicho, la movilización es inviable técnicamente ¿Qué se haría con los vehículos privados una vez cruzado el puente, que podrían ser muchos, dada la gran afluencia esperada, como el propio Subdelegado vaticina en el escrito?
Desde CGT consideramos esta prohibición un atentado gravísimo contra un derecho fundamental, como es el de manifestación, por lo que hemos interpuesto recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
No vamos a consentir la criminalización de las legítimas movilizaciones de los y las trabajadores/as que el Subdelegado de Gobierno hace al vertir graves acusaciones en su escrito, planteando que los manifestantes fueran poco menos que terroristas que quisieran derribar el puente, usando para ello, atención, ¡dos botes de disolvente y cinco sprays de pintura! Estas disparatadas acusaciones no merecen mucho más comentario, máxime cuando la precedente marcha del 1 de mayo se realizó sin ningún tipo de incidente.
Igualmente ridículo es el argumento utilizado por el Subdelegado de cuantificar cuantas manifestaciones puede convocar un sindicato. El derecho de manifestación para el Subdelegado del Gobierno en Cádiz es un derecho que ¡está limitado a un cierto número de manifestaciones!, número que, al parecer, establece él mismo. Ya sabemos que al señor Subdelegado y a su partido le gustan más otros modelos sindicales más dóciles y que pactan a espaldas de los trabajadores con el Gobierno a que él representa y con la multinacional el cierre de la factoría de Airbus Puerto Real, pero, afortunnadamente, no son sus preferencias sino la legislación vigente, que ampara un derecho fundamental como es es de manifestación, lo que debe regir sus actuaciones.
Si, como todo parece indicar, el TSJA vuelve a desautorizar al Subdelegado del Gobierno en Cádiz y permite la marcha a pie por el Puente de la Constitución de 1812 el próximo 18 de junio, el señor José Antonio Pacheco Calvo no puede seguir, en opinión de este Sindicato, ni un minuto más en el puesto.