Las reparaciones en garantía deben incluir gratis transporte, mano de obra y materiales
Las reparaciones en garantía no pueden suponer gastos para el comprador, que también puede solicitar la sustitución del producto cuando presente defectos durante la cobertura legal

Las reparaciones en garantía deben realizarse sin coste para el comprador cuando un producto presente un defecto o no se ajuste a lo acordado en el contrato. La gratuidad comprende todos los gastos necesarios para solucionar el problema, incluidos el envío, el transporte, la mano de obra y los materiales, según ha recordado la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía con motivo del Día Mundial de la Reparación, que se celebra el 17 de octubre.
Durante el periodo de garantía legal, la persona consumidora puede elegir entre la reparación y la sustitución del producto que no sea conforme con el contrato. Esta posibilidad queda limitada a aquellos casos en los que la opción seleccionada no resulte imposible o desproporcionada.
La reparación debe completarse en un plazo razonable y sin causar mayores inconvenientes al comprador. La obligación de asumir los gastos también alcanza a los productos que estuvieran instalados antes de que apareciera el defecto.
Si para repararlos es necesario retirarlos, la empresa responsable deberá hacerse cargo tanto de esa operación como de la posterior instalación, cuando corresponda. Ninguna de estas actuaciones puede generar costes para la persona consumidora si el problema está cubierto por la garantía legal.
Para tramitar una reparación resulta necesario poder acreditar cuándo se adquirió o recibió el artículo. Consumo recomienda conservar el tique o la factura de compra y, en los casos en los que exista, el albarán de entrega.
Al depositar el producto en el establecimiento o entregarlo a la empresa para que sea reparado, el comprador debe solicitar un justificante. En ese documento tienen que figurar la fecha de entrega y una descripción de la falta de conformidad o del defecto detectado.
La empresa debe proporcionar otro justificante una vez finalizado el trabajo. Este segundo documento debe indicar la fecha de devolución del producto y la medida correctora aplicada. La documentación permite dejar constancia tanto del tiempo empleado como de la intervención realizada.
Los productos nuevos disponen, con carácter general, de una garantía legal de tres años. Para los artículos de segunda mano, la empresa y la persona consumidora pueden pactar un periodo diferente, aunque la cobertura nunca puede ser inferior a un año.
Esta garantía obligatoria puede coexistir con otra comercial ofrecida voluntariamente por el fabricante o el vendedor. Mientras el artículo permanezca en reparación, queda suspendido el cómputo del plazo de garantía, por lo que ese tiempo no se descuenta de la cobertura disponible.
Si el mismo problema vuelve a manifestarse durante el año posterior a la entrega del producto ya reparado, se presume que se trata del defecto que existía antes de la intervención. Esta previsión facilita que el comprador pueda reclamar de nuevo ante una avería que persista o reaparezca después de la reparación.
Los fabricantes, además, deben garantizar la disponibilidad de un servicio técnico adecuado y de piezas de repuesto durante un mínimo de diez años desde que el producto deje de fabricarse. Esta obligación busca permitir que los artículos puedan seguir siendo reparados una vez finalizada su producción.
La Dirección General de Consumo relaciona la reparación con la ampliación de la vida útil de los productos, la reducción de residuos y un consumo más sostenible. Estos efectos forman parte de las razones expuestas por el organismo para divulgar los derechos asociados a la garantía legal.
Las consultas sobre estas cuestiones pueden dirigirse a Consumo Responde a través del teléfono gratuito 900 21 50 80 o del correo consumoresponde@juntadeandalucia.es. Ambos canales atienden de lunes a viernes, de 8.00 a 20.00 horas, y los sábados, de 8.00 a 15.00 horas, salvo festivos. El servicio también ofrece información en la web www.consumoresponde.es.
En Cádiz, la ciudadanía puede acudir igualmente al servicio provincial de Consumo de la delegación territorial correspondiente. También prestan asesoramiento las Oficinas Municipales de Información al Consumidor y las organizaciones de consumidores y usuarios.


