En esta ocasión, estos eventos festivos podrán celebrarse entre el 26 de noviembre y el 25 de diciembre y en horario de 13.00 a 00.00 horas
El alcalde de Chiclana, José María Román, ha vuelto a firmar este año el bando de Zambombas Navideñas, con la intención de continuar regulando estas iniciativas en los establecimientos de la ciudad, en virtud de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía; el Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre; la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido; así como el Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.
De esta forma, hay que resaltar que las Zambombas se podrán celebrar en Chiclana entre el 26 de noviembre y el 25 de diciembre. Para ello, los organizadores tendrán que solicitar la correspondiente autorización de actividad extraordinaria a través de la ventanilla virtual, al menos, 15 días hábiles antes de la celebración del evento en establecimientos y 20 días hábiles para las celebraciones en la vía pública, en caso de celebrarse en calles y plazas de la localidad.
No obstante, los establecimientos que cuenten con licencia municipal para establecimientos de ocio y esparcimiento, así como para establecimientos de hostelería con música (sala de fiestas, salón de celebraciones, discotecas, pub o bar con música) no tienen la obligación de solicitar dicha autorización extraordinaria, al igual que sucede con las celebraciones de índole privado o familiar, aunque en este caso los recintos sí deben reunir las condiciones de seguridad exigidos por Ley.
Hay que destacar que el horario de celebración de las Zambombas será de 13.00 a 00.00 horas. Asimismo, se permitirá el uso de equipos de ampliación de sonido y/o reproductores de música en caso de que intervengan en la misma cadena de sonido que el limitador-controlador acústico aprobado en dicho establecimiento. Además, solo se podrá otorgar un máximo de tres autorizaciones por local, cuyas solicitudes deberán realizarse individualmente o bien conjuntamente, respetando en cualquier caso la antelación mínima señalada. Para cualquier consulta, las entidades interesadas pueden obtener información en el enlace https://www.chiclana.es/areas-municipales/sociedad-y-cultura/fiestas-chiclana/navidad