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Andalucía y más allá

Pensiones contributivas y no contributivas 2025: diferencias, requisitos y subida de hasta el 9%

El Gobierno incrementa las pensiones contributivas un 2,8% y las no contributivas un 9% para proteger el poder adquisitivo y a las personas más vulnerables.

El Gobierno ha confirmado la revalorización de las pensiones para 2025, aumentando un 2,8% las pensiones contributivas y un 9% las no contributivas, en línea con su compromiso de garantizar el poder adquisitivo de los pensionistas y apoyar a las personas con menos recursos.

Las pensiones contributivas son prestaciones económicas vinculadas a las cotizaciones previas a la Seguridad Social, dirigidas a quienes han trabajado y cotizado durante su vida laboral. En mayo de 2025, la pensión media contributiva se situó en 1.311,04 euros mensuales, destacando la pensión media de jubilación con 1.505 euros y la de viudedad con 934,7 euros.

Estas pensiones incluyen distintas modalidades: jubilación ordinaria, anticipada, parcial, flexible y especial, además de las pensiones por incapacidad permanente y prestaciones por fallecimiento (viudedad, orfandad y favor de familiares). Para acceder a la jubilación ordinaria, se requiere haber cotizado al menos 15 años y tener la edad legal establecida, que en 2024 es de 65 o 66 años y 6 meses, según años cotizados.

Por otro lado, las pensiones no contributivas están dirigidas a quienes carecen de recursos suficientes para su subsistencia, incluso si no han cotizado lo necesario para una pensión contributiva. Estas pensiones pueden ser de jubilación o invalidez y para 2025 su cuantía anual es de 7.905,80 euros, equivalentes a 568,70 euros mensuales en 14 pagas.

Para solicitar una pensión no contributiva de jubilación, el solicitante debe tener al menos 65 años, residir legalmente en España durante 10 años y contar con ingresos inferiores a la cuantía establecida. En el caso de la pensión no contributiva de invalidez, los requisitos incluyen tener entre 18 y 65 años, residir legalmente en España al menos cinco años y acreditar una discapacidad igual o superior al 65%.

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La gestión de las pensiones contributivas corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), mientras que las no contributivas son gestionadas por los órganos competentes de cada comunidad autónoma y el IMSERSO en Ceuta y Melilla.

Respecto a la compatibilidad, en general no se pueden cobrar dos pensiones del mismo régimen simultáneamente, aunque hay excepciones como la pensión de viudedad o la posibilidad de tener derecho a dos pensiones contributivas si se ha cotizado en regímenes diferentes con cotizaciones superpuestas. Además, ciertos profesionales sanitarios pueden compatibilizar la pensión contributiva con el trabajo parcial.

Estas medidas buscan no solo mejorar el poder adquisitivo de los pensionistas, sino también reducir la brecha de género, ya que las pensiones más bajas, que suelen corresponder a mujeres, son las que más han subido en este último ajuste.

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