El próximo 9 de junio se llevarán a cabo las elecciones europeas en España, donde se elegirán a los 61 eurodiputados que representarán al país en el Parlamento Europeo. A continuación, te explicamos cómo puedes ejercer tu derecho al voto, tanto de forma presencial como por correo.
Voto en persona
- Los ciudadanos españoles o residentes en España pueden votar en la mesa electoral que les corresponda según el censo electoral.
- Deben presentarse en el lugar de votación el día de las elecciones con su documento de identidad.
Voto por correo
- Se puede solicitar el voto por correspondencia hasta el 30 de mayo.
- La solicitud puede realizarse en cualquier oficina de Correos o por vía telemática en la web de Correos.
- Si se tiene alguna enfermedad o incapacidad que impida personarse en la oficina de Correos, se puede autorizar a otra persona para que vote en nombre del elector.
- Los residentes temporales en el extranjero, pero censados en España, pueden solicitar el voto en la oficina consular hasta el 11 de mayo.
Procedimiento de votación por correo
- Una vez realizada la solicitud, se recibe por correo certificado la documentación necesaria para votar.
- Se incluye una papeleta de cada formación política, un sobre de votación y otro sobre dirigido a la mesa electoral correspondiente.
- Se introduce la papeleta elegida en el sobre de votación y se envía por correo certificado antes del 5 de junio.
Consideraciones importantes
- No se puede votar presencialmente si se ha solicitado el voto por correo.
- Los votos por correo se incorporan a la urna el día de las elecciones.
- Aunque se solicite el voto por correo, se puede ser designado miembro de una mesa electoral.
- En caso de problemas, se puede reclamar en la oficina de Correos donde se presentó la solicitud o consultar el estado de la tramitación en la página web de Correos.
Con esta información, los ciudadanos pueden ejercer su derecho al voto de manera informada y participar en las elecciones europeas del 9 de junio.