El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSA) ha anulado la rebaja de año y medio de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz para un hombre acusado de un delito de agresión sexual en grado de tentativa a una menor de 13 de años. El acusado fue condenado a cinco años de prisión y tras ser revisada la sentencia con motivo de la entrada en vigor de la conocida como Ley del ‘solo sí es sí’ vio su pena rebajada a tres años y medio, lo cual ha sido anulado tras un recurso de Fiscalía.
Según señala el auto del TSJA, recogido por Europa Press, la Fiscalía en su recurso considera que por tratarse de una víctima menor de 16 años la calificación que efectúa la Audiencia «no es correcta, debiendo tenerse en cuenta, además, otras circunstancias que no se ponderaron debidamente en el auto apelado (en el que se rebaja en año y medio la condena), tales como la especial vulnerabilidad de la víctima o el prevalimiento de la posición de superioridad del autor.
Por su parte el TSJA, ha indicado que ha constatado que cuando ocurrieron los hechos –un intento de violación con empleo de violencia e intimidación– la víctima había cumplido 13 años de edad, además de concurrir prevalimiento o la superioridad del autor.
Asimismo, el alto Tribunal recuerda que este delito está ahora descrito en el actual artículo 181.1 y 3 del Código Penal y la pena a imponer a la infracción en grado de tentativa va de los cinco a los diez años de privación de libertad, siendo la primera de esas penas la que se impuso al condenado.
Por ello, el TSJA indica que con arreglo a su criterio, la regulación vigente no es más favorable al condenado frente a lo resuelto por la Audiencia Provincial, por lo que estima el recurso interpuesto por el Ministerio Fiscal contra la decisión de revisar la pena.
Por otra parte, en otro auto dictado por el TSJA, sí desestima el recurso puesto por el Ministerio Fiscal contra una rebaja de condena de un años dictada por la Audiencia Provincial para un hombre condenado por un delito de abuso sexual a una menor de 16 años. El acusado fue condenado a cuatro años de prisión y posteriormente, tras un auto en diciembre de 2022 de la Audiencia con motivo de la nueva Ley, su condena pasó a ser de tres años de cárcel, que queda así tras haber desestimado el recurso de la fiscalía.