El Parlamento aprueba el decreto que regula estas subvenciones de 3.000 a 200.000 euros que en Andalucía pueden solicitar hasta 154 actividades más que las 95 a nivel nacional
La consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, Rocío Blanco, ha anunciado en el Parlamento andaluz que su departamento está poniendo en marcha una Oficina Técnica de Apoyo específica para gestionar las ayudas estatales de cara a agilizar al máximo su tramitación, y que este dispositivo contará con medios materiales propios y la contratación de 105 funcionarios interinos con distintos perfiles profesionales.
Durante el debate del Decreto Ley 10/2021 autonómico que establece las bases reguladoras por el que se convocan subvenciones a empresas y autónomos para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento, normativa que ha sido aprobada en el Pleno, la consejera ha avanzado la puesta en marcha de este dispositivo en el que se van a destinar 6,2 millones de euros para su funcionamiento, y que empezará a incorporar a los primeros interinos a principios del mes de julio.
La puesta en funcionamiento de esta Oficina ha sido necesaria ya que la normativa estatal que regula estas subvenciones es, en palabras de la consejera, «una buena idea, ayudar al tejido productivo, pesimamente diseñada por el gobierno de España, que dificulta el acceso para empresas y autónomos a las ayudas y que traslada a las comunidades autónomas un muy elevado coste de su aplicación concretado en millones de euros, en costes administrativos, y un deterioro institucional ante las empresas y trabajadores autónomos, al tener que dar la cara ante ellos de requisitos que nosotros no consideramos adecuados».
No obstante, la consejera ha explicado que, desde el Gobierno andaluz, se ha pretendido en todo momento garantizar «una tramitación y concesión de las ayudas a través de un proceso que ofrezca las máximas garantías y la seguridad jurídica imprescindible«, y se «ha trabajado al máximo para simplificar la gestión que el Gobierno de la nación exige a empresas y autónomos a la hora de solicitar y justificar estas subvenciones».
«El mecanismo de tramitación es lo más fácil que hemos podido articular, ya que la cumplimentación se realizará vía web con declaraciones responsables por parte de empresas y autónomos para agilizar y simplificar al máximo el proceso de solicitud», ha añadido Rocío Blanco, que ha mostrado su confianza en que a finales de julio o principios de agosto se puedan empezar a resolver las primeras solicitudes con el objetivo de alcanzar el plazo del 31 de diciembre de este año que establece la normativa estatal.
Más actividades
Rocío Blanco ha detallado que, tal como marcaba la normativa estatal, podían beneficiarse de las subvenciones 95 actividades entre las que se encontraban la hostelería, el turismo y la cultura, o el comercio al por mayor de alimentación y suministros de restauración, comercios minoristas, compañías de transporte y de alquiler de vehículos y la industria textil, entre otras. Sin embargo, el decreto ley andaluz ha incorporado nuevos sectores de actividad beneficiarios a los establecidos por el Estado, incorporando 154 actividades más, lo que sitúa en 249 los CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) que pueden acogerse.
La consejera ha recordado que el procedimiento que su departamento ha puesto en marcha, lo «más ágil y simplificado posible, y con la menor carga burocrática para los solicitantes», de tal forma que se utiliza siempre que sea viable la fórmula de la declaración responsable y sin exigir requisitos adicionales a los previstos en la normativa. Igualmente, en todo el procedimiento será obligatoria la tramitación telemática, de forma que la presentación de solicitudes y, en su caso, la documentación que debe acompañarlas se realizará exclusivamente por medios electrónicos a través de la Oficina Virtual de la Agencia Digital de Andalucía.
Rocío Blanco ha explicado que el plazo de solicitudes se inició el 16 de junio y estará abierto hasta el 15 de julio, y el procedimiento se ha articulado en dos fases: la primera, que se ha denominado formulario de asistencia previa ante la AEAT, en la que se comprueba si el solicitante sería beneficiario de la subvención, y en el que básicamente se le solicita que facilite sus datos y autorice a recabar la información necesaria; y la segunda, en la que se formulará la solicitud del procedimiento de concesión de la subvención a la Junta, se cumplimentará en el modelo normalizado y se presentarán de forma telemática.
Requisitos y cuantías
Entre los requisitos que fijo la normativa estatal, y que ha tenido que incorporar el decreto autonómico aprobado, se encuentran que los solicitantes no hayan declarado pérdidas en 2019 y sus operaciones interiores por IVA hayan disminuido en más de un 30% en el año 2020 con respecto a 2019. Las ayudas, con carácter finalista, deben ser justificadas por el beneficiario, y deberán aplicarse para satisfacer deudas y pagos a proveedores y otros acreedores, tanto financieros como no financieros, generadas entre el 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, y que aún no hayan sido satisfechos a día hoy, es decir, que se vayan a pagar a partir del 1 de junio de 2021.
La cuantía potencial a percibir, calculada como exceso de la caída del 30% en las operaciones de IVA, oscila entre 3.000 y 200.000 euros. El importe subvencionado se calculará en función de la caída de su facturación y el número de trabajadores de la empresa (más o menos de 10). Los autónomos que tributan en régimen de estimación objetiva recibirán como máximo una cantidad fija de 3.000 euros y el resto obtendrá una cuantía entre 4.000 y 200.000 euros.