El texto al que el Parlamento de Andalucía ha dado su apoyo también incluye la flexibilización de horarios comerciales de los Municipios Turísticos andaluces
El Parlamento de Andalucía ha convalidado el Decreto Ley 11/2021, que recoge medidas para la paliar la pérdida de rentas de los trabajadores por cuenta propia o autónoma del sector feriante, da apoyo económico al servicio de atención temprana, flexibiliza los horarios comerciales de los Municipios Turísticos de Andalucía e incluye medidas excepcionales relativas a las convocatorias y reuniones de los órganos sociales de las sociedades cooperativas.
El vicepresidente de la Junta de Andalucía y consejero de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, Juan Marín, ha defendido que ante la situación laboral «de absoluta inactividad del sector feriante se hace necesario otorgar una ayuda social que palíe su pérdida de rentas e ingresos». El decreto regula una ayuda económica directa de carácter social de 2.400 euros. Se destinan 13 millones de euros que beneficiarán a más de 5.400 personas por trabajadoras por cuenta propia o autónoma del sector feriante.
La medida, que tiene carácter de ayuda sociolaboral directa, podrán solicitarla todos los trabajadores autónomos vinculados al sector de los feriantes que hayan estado dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos durante un mínimo de 150 días durante el año 2019, anterior a la pandemia, y no hayan estado dados de alta más de 150 días desde que se declaró el estado de alarma en 2020. Se exige que hayan tenido domicilio fiscal en Andalucía durante su periodo de alta en 2019, y no haber sido beneficiarios de prestaciones por cese de actividad desde que se declaró el estado de alarma.
La tramitación se hará únicamente de forma telemática, y no habrá que aportar documentación adicional salvo el propio formulario de solicitud, disponible en la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.
Otra de las medidas contempladas en este decreto ley va en relación a la actividad desarrollada por los Centros de Atención Temprana. «Este servicio se ha tenido que acomodar a las exigencias que comportaba la situación de la pandemia. Hemos querido ayudar a un sector que ha tenido que hacer frente a gastos para la compra de material sanitario y de limpieza para la atención de niños y niñas», ha asegurado el vicepresidente.
Este apoyo económico va dirigido a las entidades que prestan servicio en virtud de los acuerdos vigentes suscritos con la Consejería de Salud y Familias a través de 182 contratos, así como a las 23 entidades locales que prestan el servicio de Atención Infantil Temprana en delegación de competencias como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus. El periodo que abarcan estas ayudas es el comprendido entre abril de 2020 y marzo de 2021, ambos inclusive.
Los gastos extraordinarios objeto de las ayudas son los derivados de la adquisición de material de limpieza, desinfección, equipamiento de protección individual y puesta a disposición de medios digitales para continuar con las intervenciones de forma no presencial.
La cuantía del abono adicional a percibir por cada centro vendrá determinada por el importe de los gastos extraordinarios soportados y acreditados. Se abonará en un pago único y exclusivo, que se tramitará con la resolución del procedimiento.
Ampliación horarios comerciales Municipios Turísticos
La tercera de las medidas del decreto ley va encaminada a «adaptar la oferta turística a la demanda de consumo de los visitantes a los municipios declarados como turísticos. La medida tendrá efectos económicos positivos para las empresas del sector comercial y para el empleo ya que el aumento de días de apertura requerirá la contratación de personal», ha apuntado Marín.
En función de los índices de aforo según el nivel sanitario de cada municipio o distrito sanitario, durante el periodo estival (de junio a septiembre), los establecimientos comerciales minoristas situados en los Municipios Turísticos de Andalucía podrán permanecer abiertos durante todos los domingos y festivos del mencionado periodo. Se aplicará en los establecimientos comerciales con unas dimensiones superiores a 300 metros cuadrados, puesto que los de superficie inferior ya cuentan por ley con esta autorización de apertura.
Por último, el decreto ley también incluye la prórroga de algunas medidas excepcionales en cuanto a las reuniones de los órganos sociales de las cooperativas andaluzas. En concreto, se amplía hasta final de este año la posibilidad de celebrar la Asamblea General para aprobar las cuentas anuales y los demás documentos exigibles por la normativa correspondientes a los ejercicios contables 2019 y 2020 y los ejercicios contables no coincidentes con el año natural 2018/2019 y 2019/2020, así como demorar el depósito de esta documentación en el Registro de Cooperativas Andaluzas hasta el 31 de diciembre de 2022.