En una medida destinada a cumplir con la Ley General de Comunicación Audiovisual del 2022, el Ejecutivo ha aprobado un Real Decreto que establece los requisitos para regular a los ‘influencers’. Esta normativa busca brindar mayor protección a los consumidores y garantizar seguridad jurídica a estos usuarios de especial relevancia en el ámbito audiovisual.
El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, ha destacado la importancia creciente de los creadores de contenido en las redes sociales y la necesidad de homologar algunos aspectos de su actividad con otros actores del ámbito audiovisual.
La norma define a los ‘influencers’ en función de tres criterios: ingresos, audiencia y actividad. Para ser considerados como tales, deben tener ingresos anuales superiores a 300.000 euros derivados de su actividad audiovisual, contar con más de un millón de seguidores en una única plataforma de vídeos o dos millones en el conjunto de sus aplicaciones, y haber publicado al menos 24 vídeos al año.
Los creadores que cumplan con estos requisitos tendrán que inscribirse, en un plazo de 2 meses, en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia.
José Luis Escrivá ha explicado que los ‘influencers’ deberán cumplir la normativa en materia de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Deberán etiquetar sus contenidos según la edad de los usuarios a quienes van dirigidos y no podrán hacer publicidad de tabaco, alcohol, medicamentos o anuncios que puedan generar perjuicio físico o mental.
Esta medida, según el ministro, establece un «terreno de juego equitativo» con otros sectores ya regulados en el ámbito audiovisual y controla la publicidad encubierta que emiten las aplicaciones de vídeo. Además, ha resaltado la colaboración de los creadores de contenido en la elaboración de la norma.