El TSJA confirma la condena de dos años y tres meses de prisión a un hombre por exhibicionismo y amenazas a un menor en Cádiz
El tribunal rechaza los recursos de la Fiscalía y la defensa, que pedían revisar la sentencia por supuesta incongruencia y error en la valoración de la prueba.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de dos años y tres meses de prisión impuesta por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre acusado de exhibicionismo y amenazas a un menor de 13 años, con el que mantuvo contacto a través de la red social Instagram.
La Fiscalía recurrió la sentencia al considerar una “incongruencia” que el acusado fuera condenado por un delito de exhibicionismo derivado del intercambio de fotografías mostrando los genitales, pero no por un posible delito de pornografía infantil.
Por su parte, la defensa alegó error en la valoración de la prueba, cuestionando que se hubiera acreditado que las imágenes pertenecieran realmente al acusado o que hubieran sido enviadas por él. Además, solicitó la aplicación de una atenuante por el ligero retraso mental que padece el condenado, alegando que dicha condición “fue determinante en el momento en el que intentó retomar su relación con la víctima, al no ser consciente de la gravedad de sus actos”.
Tras el análisis de ambos recursos, el TSJA ha desestimado tanto el del Ministerio Fiscal como el de la defensa, confirmando en todos sus términos la resolución dictada por la Audiencia Provincial. El tribunal considera que la sentencia recurrida valoró correctamente las pruebas y aplicó de forma adecuada la calificación penal de los hechos, sin apreciar error ni contradicción en el fallo.
De este modo, la condena a dos años y tres meses de prisión por los delitos de exhibicionismo y amenazas queda ratificada en firme, manteniéndose la absolución por el delito de elaboración de material pornográfico infantil.
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