Condenada por difamar a un policía nacional en Jerez tras difundir un vídeo en redes sociales
El Juzgado de lo Penal nº 1 de Jerez impone una multa de 2.295 euros a una mujer por difamar a un policía nacional en Jerez durante una intervención en el Hospital Universitario del SAS y compartir las imágenes en redes sociales y mensajería instantánea.

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Jerez de la Frontera ha condenado a una vecina de la ciudad a pagar una multa de 2.295 euros por difamar a un policía nacional en Jerez durante una intervención en el Hospital Universitario del Servicio Andaluz de Salud (SAS), según ha informado la Comisaría Provincial de Cádiz.
La sentencia considera probado que la mujer grabó con su teléfono móvil a un agente de la Policía Nacional mientras este intervenía en el centro hospitalario y que, durante la grabación, profirió insultos, amenazas e injurias contra el funcionario. Posteriormente, difundió el vídeo a través de distintas redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea.
Los hechos se produjeron cuando agentes de la Policía Nacional acudieron al hospital tras la actuación relacionada con el hijo de la ahora condenada. Según recoge la resolución judicial, el joven fue arrestado después de acometer y tratar de agredir físicamente a los policías, en un contexto de alteración.
Durante esa intervención, la mujer comenzó a grabar a uno de los agentes y, siempre según la sentencia, vertió expresiones ofensivas y amenazantes contra él. El contenido fue difundido posteriormente en redes sociales, acompañado de manifestaciones que, a juicio del tribunal, atentaban contra la dignidad profesional y personal del policía.
El fallo señala que la difusión de las imágenes y los comentarios generó un señalamiento público del agente en el entorno digital. La conducta ha sido considerada constitutiva de un delito contra las instituciones del Estado, tipificado en el artículo 504.2 del Código Penal, en relación con los artículos 205, 208, 211 y 215.1 del mismo texto legal.
La Sección de lo Penal nº 1 del Tribunal de Instancia de Jerez impone a la autora una multa de 2.295 euros. La resolución judicial da la razón al agente, destinado en la Comisaría de la Policía Nacional en Jerez, que denunció los hechos tras la difusión del vídeo.
La sentencia subraya que la grabación se realizó en el interior del recinto hospitalario mientras el funcionario desarrollaba una actuación policial. Además, considera acreditado que las expresiones vertidas y su posterior difusión pública constituyeron injurias y difamaciones dirigidas contra el agente en el ejercicio de sus funciones.
Desde la Policía Nacional se ha recordado que la difusión de contenidos que lesionen el honor de los agentes puede tener consecuencias penales, especialmente cuando se trata de actuaciones enmarcadas en el desempeño de funciones públicas.
El caso se ha resuelto en el ámbito penal en Jerez de la Frontera, donde tuvieron lugar los hechos y donde presta servicio el agente afectado. La resolución no es firme si cabe recurso ante una instancia superior, según el procedimiento habitual.
Con esta sentencia, el juzgado jerezano establece que la grabación y difusión en redes sociales de intervenciones policiales, acompañadas de insultos o acusaciones que dañen la reputación de los agentes, puede constituir delito y ser objeto de sanción económica.
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