El TSJA ratifica una condena de dos años por abuso sexual en Algeciras
La condena por abuso sexual en Algeciras afecta a un hombre que cometió los hechos sobre la hija de su expareja, de once años, y deberá indemnizarla con 4.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena por abuso sexual en Algeciras impuesta a un hombre que cometió conductas de carácter sexual sobre la hija de su expareja, que tenía once años cuando ocurrieron los hechos. La pena dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz es de dos años de prisión y una indemnización de 4.000 euros para la víctima.
Los hechos se produjeron entre junio y julio de 2021, cuando el condenado residía con su entonces pareja y los cuatro hijos de la mujer. Dos de los menores eran hijos de ambos, mientras que los otros dos procedían de una relación anterior de ella.
Según recoge la sentencia, la víctima se encontraba en la habitación del acusado para ver la televisión cuando este llevó a cabo las conductas por las que fue juzgado. La menor consideraba al hombre prácticamente como su padre debido a la relación que mantenía con su madre y a la convivencia familiar.
La Sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz consideró acreditados los hechos y condenó al acusado por un delito de abuso sexual. La defensa recurrió el fallo ante el TSJA al cuestionar la suficiencia de las pruebas utilizadas para sustentar la condena.
En su recurso, sostuvo que la declaración de la víctima no podía constituir por sí sola una prueba de cargo. Alegó que el testimonio incurría en “incredibilidad subjetiva” y que no existían elementos externos que corroborasen la denuncia.
La defensa también planteó una aplicación indebida del Código Penal. Según su argumentación, las cosquillas y caricias realizadas a la menor carecían de contenido sexual y, por tanto, no podían dar lugar a la condena impuesta por la Audiencia Provincial.
El TSJA ha desestimado esos argumentos y ha confirmado la resolución de primera instancia. El tribunal andaluz señala que no existe ningún elemento que permita apreciar un posible móvil de venganza o una intención espuria en la versión ofrecida por la víctima.
La resolución se apoya además en el informe pericial sobre la credibilidad del testimonio. Los magistrados consideran relevante que la menor mantuviera de forma constante que el acusado intentó tocarla en la zona genital, pero que no llegó a hacerlo.
Para el TSJA, esa precisión refuerza la credibilidad de su relato, al entender que resulta incompatible con una voluntad de perjudicar deliberadamente al acusado. Con la desestimación del recurso, se mantiene la condena de dos años de cárcel y la obligación de abonar 4.000 euros a la víctima.


