Consumo recuerda la obligación de disponer de hojas de quejas y reclamaciones en Andalucía por el Día del Emprendimiento
La Junta insiste, con motivo del Día Mundial del Emprendimiento, en que cumplir la normativa sobre hojas de quejas y reclamaciones en Andalucía es clave para evitar sanciones y reforzar la confianza de la clientela

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado este 16 de abril, con motivo del Día Mundial del Emprendimiento, las principales obligaciones que deben cumplir las personas emprendedoras y empresas que inicien una actividad económica en la comunidad, entre ellas la de disponer de hojas de quejas y reclamaciones en Andalucía.
El organismo autonómico subraya que cumplir la normativa de consumo desde el inicio del proyecto empresarial no solo evita posibles sanciones, sino que contribuye a generar confianza entre la clientela y a mejorar las relaciones con las personas consumidoras.
Todas las empresas y profesionales que vendan bienes o presten servicios en Andalucía están obligados a contar con hojas oficiales de quejas y reclamaciones en formato papel, compuestas por tres ejemplares: uno para la Administración, otro para la empresa y otro para la persona consumidora. En el caso de negocios que operen de forma online, deben informar claramente de cómo acceder a la versión electrónica y de la dirección física o electrónica donde se puede presentar.
Además, los establecimientos deben exhibir en un lugar visible un cartel que informe del derecho de la clientela a solicitar estas hojas. La negativa a facilitarlas o la ausencia del cartel puede constituir una infracción en materia de consumo.
Cuando una persona consumidora presenta una reclamación, la empresa dispone de un plazo máximo de diez días hábiles para responder. La hoja puede rellenarse en el propio establecimiento o entregarse posteriormente.
Información clara sobre precios y formas de pago
Consumo también recuerda que los precios de los productos y servicios deben mostrarse de forma visible, legible e identificable antes de la compra o contratación. En el caso de productos, debe indicarse el precio final completo, con impuestos incluidos.
Asimismo, los establecimientos abiertos al público están obligados a aceptar el pago en efectivo como método válido. No se puede imponer exclusivamente el pago con tarjeta. Si el comercio no admite tarjeta u otros métodos digitales, debe advertirlo previamente de forma clara.
Obligaciones específicas para el comercio online
En el caso de páginas web y tiendas online, la normativa establece requisitos adicionales. El sitio debe incluir un aviso legal con información básica de la empresa, como denominación social, NIF, dirección, correo electrónico, teléfono y, en su caso, datos registrales.
También deben figurar las condiciones generales de contratación, la política de privacidad, la política de cookies, la información sobre devoluciones, el derecho de desistimiento, los plazos de entrega y los medios de pago aceptados.
Antes de finalizar la compra, la persona consumidora debe conocer de forma expresa el precio final completo, incluidos impuestos y posibles gastos adicionales. Además, se recomienda que la web opere en un entorno seguro, con certificado digital que garantice la protección de datos personales y bancarios, identificable mediante el protocolo ‘https’ y el icono del candado.
Sistema Arbitral de Consumo
Aunque no es obligatorio, la Dirección General de Consumo recomienda a las empresas adherirse al Sistema Arbitral de Consumo, un mecanismo gratuito y extrajudicial para resolver conflictos con la clientela. Las empresas adheridas pueden exhibir el distintivo oficial en su establecimiento o página web.
El organismo autonómico señala que buena parte de las incidencias detectadas en campañas de inspección están relacionadas con incumplimientos básicos, como la ausencia de hojas de reclamaciones, falta de información sobre precios, carteles no visibles o páginas web sin aviso legal.
En este contexto, Consumo anima a las personas emprendedoras de la provincia de Cádiz y del conjunto de Andalucía a incorporar desde el inicio de su actividad una cultura de protección de las personas consumidoras, como vía para prevenir problemas y consolidar relaciones comerciales estables.
Las empresas pueden consultar información sobre campañas de inspección y normativa vigente a través de la web del servicio Consumo Responde de la Junta de Andalucía.







