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Sierra de Cádiz

El TSJA ratifica cuatro años de cárcel por violación en la Sierra de Cádiz

El TSJA ratifica cuatro años de cárcel por violación en la Sierra de Cádiz y confirma íntegramente la condena impuesta por la Audiencia Provincial, rechazando el recurso del acusado

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a cuatro años de prisión impuesta a un hombre por violar a una mujer en un municipio de la Sierra de Cádiz en marzo de 2019. El alto tribunal andaluz desestima el recurso presentado por la defensa y ratifica íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Los hechos se remontan a la noche del 1 de marzo de 2019. Según recoge la resolución judicial, la víctima se encontraba con una amiga en una zona conocida de la localidad cuando quedó con el acusado, que llegó en coche. En un momento dado, el hombre propuso a la mujer dar una vuelta. Aunque inicialmente ella se mostró contraria, finalmente accedió después de que él manifestara que, si no lo acompañaba, se marcharía dejando allí a sus amigos.

Ambos se desplazaron en el vehículo hasta una zona apartada del municipio. Una vez allí, se situaron en los asientos traseros del coche, supuestamente para hablar. La sentencia considera probado que, pese a que la mujer expresó de forma clara su negativa a mantener relaciones sexuales, el acusado la agredió sexualmente con penetración.

La Audiencia Provincial de Cádiz condenó al hombre a cuatro años de prisión por un delito de agresión sexual con penetración. La sentencia apreció la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas, al entender que el procedimiento judicial sufrió retrasos no atribuibles a la conducta del acusado.

El recorrido de la causa se prolongó durante seis años. Tras los hechos, el Juzgado Mixto de Ubrique incoó diligencias previas el 4 de marzo de 2019. Estas se extendieron hasta noviembre de ese año, quedando a la espera de un informe del Instituto de Medicina Legal, que no llegó hasta marzo de 2021. Posteriormente, en junio de 2022 se incorporó el informe del servicio de biología y en mayo de 2023 se dictó auto de incoación de sumario.

La Audiencia Provincial recibió las actuaciones en diciembre de 2023. En febrero de 2024 se declaró concluso el sumario y en marzo se admitieron las pruebas, señalándose juicio para junio de ese año. La vista fue suspendida en dos ocasiones, primero por falta de citación de testigos y después por incomparecencia de alguno de ellos, hasta celebrarse finalmente el 20 de marzo de 2025, seis años después de los hechos denunciados.

En su recurso ante el TSJA, la defensa sostuvo que el testimonio de la denunciante no era fiable y defendió que la relación sexual fue consentida. Además, solicitó que la atenuante de dilaciones indebidas se aplicara como muy cualificada —lo que habría supuesto una rebaja mayor de la pena— y no en su grado ordinario, como acordó la Audiencia.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía rechaza todos los argumentos del recurso. En su resolución, confirma la valoración de la prueba realizada por la Audiencia Provincial y mantiene tanto la condena como la aplicación de la atenuante en los términos fijados en la sentencia original.

Con esta decisión, la condena a cuatro años de prisión por la agresión sexual cometida en la Sierra de Cádiz queda ratificada a nivel autonómico, sin perjuicio de los posibles recursos que pudieran plantearse ante instancias superiores.

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