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Interior aprueba el protocolo para la rectificación de sexo en documentos de extranjería

Redacción 13 julio, 2026 4 minutos de lectura

La rectificación de sexo en documentos de extranjería permitirá a personas migrantes modificar el nombre y el sexo en la TIE y otros certificados cuando acrediten que no pueden hacerlo en su país de origen.

El Ministerio del Interior ha aprobado el protocolo que permitirá la rectificación de sexo en documentos de extranjería expedidos a personas migrantes en España. La medida, que publica este lunes la Policía Nacional en su Orden General, regula cómo podrán modificarse el nombre y el sexo en distintos documentos oficiales cuando se acredite la imposibilidad de realizar ese cambio en el país de origen.

La resolución, firmada por el director general de la Policía, Francisco Pardo, afecta a documentos como la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), el Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CRUE), la Cédula de Inscripción de Extranjero Indocumentado, el Título de Viaje de Indocumentado y distintos resguardos y certificados vinculados a solicitudes de protección internacional o apatridia.

El nuevo procedimiento contempla dos supuestos. En el primero, cuando la persona extranjera no pueda modificar su sexo en el registro civil de su país, la Brigada de Extranjería y Fronteras solicitará un informe al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación que acredite esa imposibilidad legal o material. Si el informe lo confirma, se procederá a la rectificación en el Registro Central de Extranjeros y a la expedición de un nuevo documento.

En el segundo caso, cuando el cambio ya se haya efectuado en el país de origen, bastará con presentar el pasaporte o título de viaje en vigor que recoja la modificación, junto con el documento español que se desea actualizar.

La medida se adopta en aplicación de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Esta norma reconoce el derecho a que los documentos oficiales recojan la rectificación del sexo y del nombre tanto si la modificación se ha realizado en el país de origen como si queda acreditado que no es posible llevarla a cabo ante sus autoridades.

La resolución policial también hace referencia a la sentencia 181/2026, de 5 de junio, del Tribunal de Instancia de Madrid (Sección de lo Contencioso-Administrativo, plaza nº 17), que obligó a la Administración a atender la solicitud de un ciudadano extranjero que no había podido modificar su sexo en su país de origen.

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, anunció el pasado 23 de junio en el Senado que el nuevo protocolo estaría aprobado en la primera quincena de julio. Lo hizo en respuesta a una pregunta de la senadora de Más Madrid Carla Antonelli, en la que reconoció las limitaciones del procedimiento anterior en los casos en que las personas trans migrantes no podían completar el cambio registral en su país.

Con la entrada en vigor de este protocolo, las personas extranjeras residentes en provincias como Cádiz, que deban tramitar sus documentos en las dependencias de la Policía Nacional, podrán acogerse a este procedimiento para solicitar la rectificación de sexo en documentos de extranjería, siempre que cumplan los requisitos establecidos.

La tramitación se realizará a través de las unidades de Extranjería y Fronteras correspondientes, que deberán verificar la documentación y, en su caso, solicitar el informe preceptivo al Ministerio de Asuntos Exteriores. Una vez validado el expediente, se procederá a la actualización en el Registro Central de Extranjeros y a la emisión del nuevo documento.

El protocolo fija así un marco común de actuación para todas las dependencias policiales del país y concreta cómo aplicar en el ámbito de la documentación de personas extranjeras los derechos reconocidos por la legislación estatal vigente.