Junta y Gobierno acuerdan cambios en la Ley de Vivienda de Andalucía para evitar el recurso constitucional
El acuerdo sobre la Ley de Vivienda de Andalucía adapta varios preceptos a la normativa estatal y elimina la inscripción obligatoria para ejercer como agente inmobiliario

La Junta de Andalucía y el Gobierno de España han alcanzado un acuerdo para resolver las discrepancias competenciales sobre varios preceptos de la Ley de Vivienda de Andalucía. El pacto, negociado en la Comisión Bilateral de Cooperación, evita que la controversia llegue al Tribunal Constitucional e implicará modificaciones legislativas y criterios de interpretación ajustados a la normativa estatal.
La consejera de Vivienda, Juventud y Ordenación del Territorio, Rocío Díaz, anunció el acuerdo durante un desayuno informativo celebrado en Granada. Según la Junta, las diferencias se centraban en cuestiones técnicas y en la adecuación de la norma autonómica a la legislación básica del Estado.
El entendimiento afecta a cuatro ámbitos: la colaboración público-privada, el archivo registral del libro del edificio y del certificado energético, las decisiones de las comunidades de propietarios y el Registro de Agentes Inmobiliarios Especializados del Sector Residencial de Andalucía.
En materia de colaboración público-privada, las dos administraciones han convenido que los artículos cuestionados se interpreten y apliquen conforme a la normativa básica estatal sobre contratación pública y régimen jurídico del sector público. Esta solución no requerirá una modificación del texto de la ley andaluza.
Sí habrá un cambio puntual relacionado con el archivo registral del libro del edificio y del certificado energético. La Junta promoverá una reforma para adaptar esta regulación a la normativa estatal y a la Ley Hipotecaria.
El acuerdo también delimita la aplicación de la ley a las comunidades de propietarios. Las disposiciones autonómicas deberán aplicarse de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que el acuerdo previo de la comunidad para modificar la división horizontal únicamente será obligatorio en los casos establecidos por la legislación estatal.
Otro de los cambios se producirá en el Registro de Agentes Inmobiliarios Especializados del Sector Residencial de Andalucía. La Junta impulsará los ajustes necesarios para eliminar la inscripción obligatoria como condición para acceder a esta actividad profesional, atendiendo a los principios de proporcionalidad y unidad de mercado.
La futura modificación deberá precisar, además, que los requisitos previstos para estos profesionales tienen carácter alternativo. La regulación del registro también se adecuará a las normas estatales sobre colegiación.
Díaz sostuvo que se trata de “ajustes concretos” dirigidos a aportar claridad y seguridad jurídica y que no alteran el planteamiento general de la política autonómica de vivienda. La consejera defendió que la negociación bilateral ha permitido solucionar las diferencias sin cuestionar el modelo recogido en la norma.
La Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía entró en vigor el 24 de enero. Entre sus objetivos se encuentran aumentar la oferta de vivienda protegida y asequible, facilitar la disponibilidad de suelo, promover la rehabilitación, reducir trámites administrativos y reforzar la seguridad jurídica.
Durante la negociación, la Junta mantuvo que la controversia podía resolverse mediante un acuerdo institucional. Díaz señaló que la ley había contado durante su elaboración con la participación del sector y con el respaldo de los servicios jurídicos de la Administración autonómica, según la valoración trasladada por el Gobierno andaluz.
La consejera consideró que el pacto permitirá a ambas administraciones centrar su actuación en el acceso a la vivienda. También señaló que la Junta mantendrá la defensa de sus competencias autonómicas, aunque recurrirá al entendimiento institucional cuando sea posible resolver por esa vía las diferencias con el Estado.
La aplicación del acuerdo combinará, por tanto, la interpretación de determinados artículos conforme a las normas estatales con reformas concretas de la ley. Las modificaciones afectarán especialmente a los requisitos registrales de los edificios y al acceso a la actividad de los agentes inmobiliarios, mientras que los apartados relativos a contratación pública y comunidades de propietarios quedarán sometidos expresamente al marco básico estatal.


