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Publicadas las bases de ayudas a la pesca

Flota pesquera ConilLa Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP) 2014-2020. Estas subvenciones se convocarán en régimen de concurrencia competitiva y priorizarán proyectos de empresas constituidas por jóvenes y/o mujeres y dispongan de plan de igualdad.

El documento define, entre otros aspectos, los conceptos subvencionables, los criterios de valoración, las personas o entidades que podrán beneficiarse de estos incentivos, así como los documentos que deberán presentar para las tres líneas de ayudas que abarca: medidas de comercialización y medidas de transformación de los productos de la pesca y la acuicultura y medidas de promoción y búsqueda de nuevos mercados.

Así, en el caso de actuaciones para el fomento de la comercialización, se concretan como conceptos subvencionables aquellas que estén dirigidas a encontrar nuevos mercados y mejorar las condiciones de venta; difundir la calidad y valor añadido; contribuir a la transparencia de la producción y la realización de estudios de mercados; así como a la trazabilidad de estas producciones. Como posibles beneficiarios, el texto indica que podrán acceder a las ayudas personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio que ejerzan y asuman las actividades de comercialización y sean responsables finales de la inversión.

Para la transformación, se contemplan ayudas destinadas a iniciativas que contribuyan al ahorro de energía o a reducir el impacto en el medio ambiente, incluido el tratamiento de residuos; a mejorar la seguridad, higiene, salud y condiciones de trabajo; que sirvan para la transformación de pescado que no pueda destinarse a consumo humano; así como la de subproductos obtenidos de estas actividades; entre otros.

En cuanto a los beneficiarios, se especifica que podrán solicitar las subvenciones las personas físicas y jurídicas y sus agrupaciones (Pymes), que ejerzan y asuman las actividades de transformación y sean responsables finales de las inversiones. Además de cumplir los requisitos que establece la Orden, en este caso los solicitantes deberán acreditar que cuentan con solvencia financiera suficiente y que las inversiones no han comenzado antes de la petición de la ayuda.

Por último, la Orden incluye también medidas de promoción y búsqueda de nuevos mercados de los productos de la pesca y acuicultura. En este caso, las ayudas que contempla el texto estarán dirigidas a la realización de campañas regionales, nacionales o transnacionales de comunicación y promoción para sensibilizar al público sobre la importancia de llevar a cabo una producción pesquera y acuícola sostenibles; fomentar la calidad y valor añadido; y a la realización de estudios de mercado y sobre la dependencia de las importaciones.

En las tres líneas, la intensidad máxima de la ayuda pública será del 50% del gasto subvencionable total de la operación, mientras que para la comercialización y transformación se especifica además que la cuantía máxima será del 30% de la disposición presupuestaria que determinen las respectivas órdenes de ayudas.

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