Los que se emplean en la sanidad pública tendrán que acreditar un año de experiencia mientras que los de la sanidad privada deberán superar un curso específico
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el decreto por el que se regula el procedimiento de acreditación del personal de enfermería para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, una reivindicación de este colectivo y un paso adelante en la mejora de los cuidados y la atención a los pacientes en la comunidad autónoma.
Así, los profesionales que lo deseen, a instancia propia, pueden solicitar esta acreditación, que se materializará de oficio en dos supuestos. El primero de ellos es para el personal de enfermería que desarrolle su actividad en servicios sanitarios del Servicio Andaluz de Salud o de sus agencias públicas empresariales sanitarias y que tenga una experiencia mínima de un año, o bien que tenga acreditada la superación de un curso de adaptación ofrecido a efectos de acreditación por la Administración sanitaria.
Este requisito, la superación de un curso específico, es el que se solicita en el segundo de los supuestos, que está referido al personal de enfermería que desarrolle su actividad en servicios sanitarios privados de Andalucía.
En ambos casos (tanto si se presta servicio en el sector público como en el privado), se expedirá la acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación en un plazo máximo de tres meses si la documentación aportada es correcta.
Para presentar la documentación y agilizar los trámites se establecerá un espacio virtual en la página web de la Consejería de Salud y Familias cuyo enlace se comunicará en breve para que todos los profesionales de enfermería puedan acceder con facilidad.
Competencia de las comunidades autónomas
A finales de 2019, la Consejería de Salud y Familias publicó un borrador de decreto para someterlo a trámite de audiencia, información pública e informes. Seis meses después se aprueba este documento, cuya finalidad es establecer el procedimiento para la acreditación de los profesionales de enfermería, ya que, según el Real Decreto 1302/2018, de 22 de octubre, que modificaba el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, su regulación se encuentra entre las competencias de las comunidades autónomas.
En relación con el anterior Decreto 307/2009, de 21 de julio, este nuevo documento incluye al personal de enfermería procedente tanto del sector público como privado. Asimismo, se centra en la regulación del procedimiento administrativo para la acreditación del personal al que afecta.
Respecto a los medicamentos sujetos a prescripción médica, el anterior decreto establecía que el personal de enfermería acreditado podría cooperar en el seguimiento protocolizado de determinados tratamientos, mientras que ahora se establece directamente la indicación, uso y autorización de dispensación. Además, en cuanto a los protocolos para este tipo de medicamentos, se atribuye directamente su elaboración y guía de práctica clínica y asistencial a la Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, adecuando así el protocolo a la legislación de ámbito nacional.