La Junta de Andalucía ha concedido la autorización que abarca el período entre el 15 de julio y el 15 de septiembre de cada año
Los ayuntamientos de Barbate, Benalup-Casas Viejas y Vejer de la Frontera, en La Janda, han sido informados por el área de de Transición Ecológica y Desarrollo Urbano Sostenible de todo el proceso administrativo para la nueva contratación del tratamiento contra los mosquitos en la comarca, que comenzará a principios de agosto, dentro del plazo señalado por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, que solo autoriza el mismo en el período comprendido entre el 15 de julio y el 15 de septiembre de cada año, una vez finalizados los períodos reproductivos de las aves insectívoras.
La nueva concesión para este servicio que presta la Diputación Provincial entrará en vigor esta semana, después de cerrarse los plazos legales para esta acción administrativa, que tiene un tratamiento especial en la legislación. La concesión tendrá en esta ocasión una duración de cuatro años, como informó el pasado mes de abril el vicepresidente segundo y responsable del área citada, Mario Fernández. “La nueva concesión quiere conseguir que la misma no tenga que depender de un contrato anual, que acarrea un proceso administrativo, con la participación de varias administraciones, y el riesgo de no llegar a tiempo para ejecutarlo en el periodo autorizado”, explicó el diputado provincial.
EL Servicio de Tratamiento de Mosquitos en la comarca de La Janda fue adjudicado mediante decreto de fecha 7 de julio de 2020. No obstante, al tratarse de un contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al artículo 44.1 de Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran 15 días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, según lo establecido en el artículo 153 de dicha ley.
Mario Fernández señala que los ayuntamientos de Barbate, Benalup-Casas Viejas y Vejer de la Frontera tienen información del procedimiento llevado a cabo por la Diputación.
El Ayuntamiento de Barbate dispone de dos comunicaciones, una el pasado febrero en la que se le informaba que se había trasladado a la Central de Contratación el expediente para iniciar el procedimiento de contratación de la prestación del Servicio de Tratamiento de Mosquitos en la Comarca de La Janda, y una segunda, remitida en el mes de mayo, en la que se le vuelve a dar respuesta a una petición de información del Ayuntamiento y se le informa que se está tramitando el respectivo expediente.
En el caso de Benalup-Casas Viejas, en febrero se le informó que se estaba tramitando el expediente correspondiente y tras una petición de información el pasado 17 de julio se le respondió que el contrato de concesión estaba en exposición pública.
En cuanto al Ayuntamiento de Vejer de la Frontera, también se le ha informado del procedimiento y, asimismo, Mario Fernández solicitó el pasado 22 de este mes al alcalde Manuel Flor que remitiera información sobre el estado de tramitación y contenido de la Ordenanza municipal que el Ayuntamiento anunció en el mes de mayo de 2019, cuyo objetivo era obligar a los arroceros a sufragar el 100% del tratamiento de mosquitos.
Aclaración sobre la competencia de la Diputación
Mario Fernández ha querido aclarar la competencia legal de la Diputación en el caso del tratamiento de los mosquitos en La Janda. Al respecto ha indicado que la Diputación Provincial, siendo conscientes de las dificultades que entraña la gestión de los problemas generados por mosquitos, bien por tratarse de grandes extensiones que afectan a varios municipios, bien porque está en juego su papel como transmisores de enfermedades, ha previsto el desarrollo de los tratamientos de control de mosquitos en los municipios de Benalup-Casas Viejas y Vejer de la Frontera (ambos menores de 20.000 habitantes) y en Barbate por ser colindante con los anteriores.
La Ley 7/1985 reguladora de las Bases del Régimen Local establece, en su artículo 25, que entre las competencias municipales se encuentran la protección del medio ambiente, la protección de la salubridad pública y los servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos. De otra parte, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, establece entre las responsabilidades municipales el control sanitario del medio ambiente.
Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 36.2 ap. b) de la LRBRL (bases del régimen local), la Diputación asegura el acceso de la población de la provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal y a la mayor eficacia y economía en la prestación de éstos mediante cualesquiera fórmulas de asistencia y cooperación municipal, título que habilita al desarrollo de una actividad prestacional o de fomento dirigida a hacer efectivas las competencias municipales en materia de salubridad pública.