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Absuelto por falta de pruebas el supuesto organizador de envío de 1.469 kilos de cocaína en Algeciras

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía revoca la condena de nueve años y exonera al acusado, mientras mantiene penas para el resto de implicados en la operación

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a un hombre condenado a nueve años de prisión por la Audiencia Provincial de Cádiz como supuesto coordinador de una organización dedicada al tráfico de 1.469 kilos de cocaína en un contenedor procedente de Costa Rica y detectado en el puerto de Algeciras. La decisión, tomada el 10 de julio, revoca la condena y exonera al acusado por considerar insuficiente la prueba indiciaria presentada para quebrantar la presunción de inocencia.

Los hechos se remontan a agosto de 2020, cuando la Guardia Civil interceptó el cargamento de droga tras inspeccionar un contenedor en el puerto de Algeciras. En una operación vigilada, se detuvo a un total de diez personas vinculadas con la introducción de la cocaína en España.

El hombre absuelto había sido considerado por la Audiencia Provincial como el coordinador de la red, encargado de dirigir a los demás detenidos mediante instrucciones desde su domicilio y a través de mensajes móviles. Sin embargo, durante el seguimiento de la Guardia Civil, no tuvo contacto cercano con el contenedor, lo que generó dudas sobre su implicación directa.

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La Audiencia basó su condena en el seguimiento de movimientos de los implicados, contactos con organizaciones sudamericanas y comunicaciones con un familiar confeso, a quien supuestamente dirigía la operación. No obstante, el TSJA argumenta que tales indicios no cumplen con el rigor jurídico necesario para constituir una prueba sólida, ya que no descartan otras hipótesis alternativas y carecen de la potencia demostrativa suficiente.

En la sentencia, el tribunal destaca que los contactos observados entre el acusado y su familiar ocurrieron en momentos en los que el contenedor ya había sido inspeccionado y estaba listo para salir del puerto, lo que reduce la relevancia probatoria de dichos encuentros.

Por este motivo, el TSJA ha absuelto al acusado del delito contra la salud pública y ha anulado la condena de nueve años de prisión. No obstante, mantiene las sentencias para los otros nueve procesados, con penas que oscilan entre nueve años para cuatro de ellos y seis años y nueve meses para los cinco restantes.

Este fallo pone de manifiesto la importancia del rigor en la valoración de pruebas indiciarias para garantizar el respeto a la presunción de inocencia en los procesos judiciales relacionados con el narcotráfico.

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